Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PENAL, 12 de Octubre de 2017, expediente FMP 001599/2016/CA001

Fecha de Resolución12 de Octubre de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA FMP 1599/2016/CA1 Mar del Plata,12 de octubre de 2017.-

Y VISTA:

Para resolver la presente causa proveniente del Juzgado Federal de Primera Instancia de la ciudad de Azul, caratulada “O., J.E. s/ defraudación por desbaratamiento art. 173 inc. 11 del C.P.”, registrada bajo el nro. 25246/2016 ante la Secretaría Penal de esta Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata; Y CONSIDERANDO:

I)Que arriban los autos a consideración del Tribunal en virtud del recurso de apelación incoado por el Sr. Fiscal Federal con asiento en la ciudad de Tandil, Dr. P.E.L., contra la resolución de fs. 220/221 en virtud de la cual se resolvió disponer que a esta altura de la causa no hay mérito para decretar el sobreseimiento ni tampoco para procesar a J.E.O. respecto del delito por el cual fuera indagado en la presente causa, sin perjuicio de la prosecución de la presente investigación.

Se agravia el recurrente por entender que el magistrado de grado dispuso la falta de mérito del nombrado O. “…sin ninguna valoración siquiera mínima que permita controlar su razonamiento en orden a su propio sentido procesal. Que en efecto, para resolver como lo hizo el Sr. Juez sostuvo que al haber O. presentando un escrito denunciando el pago y la ubicación del bien cumplió con el compromiso asumido en la audiencia indagatoria y por tanto, resultaba merecedor de una resolución de justipreció adecuada para adecuarse a lo dispuesto en el art. 309 del CPPN…”

Discrepa con el Magistrado de grado, sosteniendo que: “…en el caso no nos encontramos frente a un estado de duda producto de ausencia probatoria ni ante un supuesto que sea necesaria la producción de ninguna medida de prueba distintas a las ordenadas para la acreditación del hecho materia que amerite optar, de manera Fecha de firma: 12/10/2017 Alta en sistema: 24/10/2017 Firmado por: J.F. , JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.P.J., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.O.J., #28079173#187707708#20171013100818332 fundada, por el temperamento adoptado por el Sr. Juez Federal materia de esta apelación…”.

Por último, manifiesta que: “ …la resolución exhibe una deficiencia en su motivación en tanto siquiera realiza una referencia, aunque sea escueta pero concreta, sobre ningún elemento de prueba mientras que por otro lado tampoco analiza siquiera de manera tangencial la imputación formulada por esta parte….”.

Cumplidos los presupuestos del recurso y demás trámites de...

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