Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 3, 20 de Octubre de 2016, expediente FSM 020889/2014/CA001

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 3

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación “Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional”

CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3 Causa N° 20889/2014/CA1 (7804), C.: “IMPUTADO:

I.V., H.L. s/FALSIFICACIOND.P.”, del Juzgado Federal de M. 1 , Secretaria Nº 3 Registro de Cámara: 7675 M., 20 de octubre de 2016.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Llegan las presentes actuaciones a conocimiento del tribunal, con motivo del recurso de apelación interpuesto por el imputado H.L.I.V., y fundamentado por su defensa oficial, contra la prisión preventiva que se le impuso en el punto II de la resolución de Fs. 275/280.

El nombrado ha sido procesado como partícipe necesario del delito de falsificación de documento público en concurso real con falsedad ideológica, este último como coautor; dicho procesamiento no ha sido motivo de recurso, por lo que se encuentra firme.

Con relación a la medida de cautela personal recurrida, procede señalar que “conforme lo preceptuado en el artículo 311 del digesto de rito, sólo es apelable el procesamiento puesto que el dictado de la prisión preventiva es su consecuencia en virtud de la valoración que efectúa el Juez de conformidad con los artículos 312 y 319 del cuerpo legal citado. En ese sentido lleva dicho la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal (Confr. autos N° 10.877 “R., S.O., s/rec. Casación”, rtos. El 28-5-09, Reg. 14.561), que la vía que prevé

el instituto de la excarcelación resulta ser la más adecuada, idónea, útil y efectiva para reclamar a los jueces las garantías de libertad del imputado durante el proceso, marco en el cual se deben tratar las cuestiones aquí planteadas (v. de esta Sala, entre otras, CN. 1089/09, rta. el 27-10-09, reg. 8111, de la Sec. Penal 1 y CN. 53490/2014 “L., J. y otros”, Rta. el 29-7-

2016, Reg. 7576, S.. Penal 3).

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Fecha de firma...

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