Sentencia de Sala A, 25 de Agosto de 2015, expediente CPE 000182/2012/CA001

Fecha de Resolución25 de Agosto de 2015
EmisorSala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A CPE 182/2012/CA1 Reg. Interno N°370/2015 G.H.S.A.,

I.C.M. SOBRE INFRACCION LEY 24.769 Causa N° CPE 182/2012/CA1, Orden N° 29.675, Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 10, Secretaría N° 20, S. “A”.

gs (mlb)

Buenos Aires, 25 de agosto de 2015.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por el agente fiscal contra la resolución que dispuso el sobreseimiento de C.M.I.

El memorial presentado por el abogado defensor del nombrado imputado en procura de que se confirme lo resuelto.

El escrito presentado por el F. General en sustento del recurso.

Y CONSIDERANDO:

Que en el caso se trata de un proceso instruido por requerimiento del agente fiscal con motivo de una denuncia de la Administración Federal de Ingresos Públicos recibida por el juez, de delitos del artículo 9 de la ley 24.769 incurridos en nombre de la sociedad anónima Gerenciamiento Hospitalario, los que fueron atribuidos a C.M.I.

Que el nombrado se presentó espontáneamente ante el juez asistido por su abogado mediante un escrito en el que, si bien admitió

su intervención en los hechos, brindó una serie de explicaciones en su descargo invocando especialmente haber obrado para evitar un mal mayor debido a la situación económica que atravesaba la sociedad anónima.

Que la resolución que es materia de apelación, no obstante no admitir la situación de necesidad invocada, se funda en que debe entenderse que el imputado obró por error en el convencimiento de la legitimidad de su proceder.

Fecha de firma: 25/08/2015 Firmado por: J.C.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.S.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: N.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.M.N., SECRETARIA DE CAMARA Que el representante del ministerio público cuestiona esa fundamentación. A pesar de que admite, en términos generales, la eficacia del error de quien yerra sobre...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR