Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 29 de Noviembre de 2018, expediente FSA 019200/2017/CA001

Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I FSA 19200/2017/CA1 Salta, 29 de noviembre de 2018.

Y VISTA:

Esta causa nro. FSA 19200/2017/CA1 caratulada: “F.R., C.L. s/ Infracción a la ley 23.737”, originaria del Juzgado Federal de San Ramón de la Nueva Orán; y RESULTANDO:

1) Que llegan las actuaciones en virtud de los recursos de apelación interpuestos por: a) la defensa de C.L.F.R. en contra de los puntos III) y IV) del auto de fs. 338/347 por el que se la procesó, sin prisión preventiva, por el delito de evasión en concurso real con resistencia a la autoridad (fs.

349/355); y b) por la Fiscal Federal “Ad Hoc” de Orán, Dra. M. delC.N. en contra de los puntos I), II) y V) de igual resolutivo, por cuanto dispuso hacer lugar a la nulidad del acta de procedimiento de fs. 3/5 y de todo lo que fuera su consecuencia, dictando el sobreseimiento de la imputada por el delito de almacenamiento de estupefacientes (fs. 357/359 y vta.).

  1. a) Que, en su recurso, la defensa sostiene que no existió ni violencia en las personas ni fuerza en las cosas por parte de F. al momento de darse a la fuga el 18/10/17 para atribuirle el delito de evasión, puesto que salió por la puerta del hospital al que habría concurrido para ser revisada por un ginecólogo, aprovechando un momento en el que no contaba con custodia, sin ocasionar ningún daño.

    Fecha de firma: 29/11/2018 Alta en sistema: 30/11/2018 Firmado por: L.R.R.B. Firmado por: GUILLERMO ELIAS 1 Firmado por: ERNESTO SOLA Firmado(ante mi) por: SANTIAGO FRENCH #30569147#222862859#20181129102835897 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I FSA 19200/2017/CA1 En cuanto al delito de resistencia a la autoridad, señala que el único fundamento del Juez para procesarla es el informe de la misma fuerza de la cual F. se dio a la fuga, la que además realizó el allanamiento nulo, sin que testigos corroboren los hechos de violencia que los funcionarios denunciaron.

    Se agravia, por último, por el embargo trabado en su contra por $ 30.000 al considerarlo excesivo dado el empobrecimiento y vulnerabilidad de su asistida.

    A su turno, el Defensor Oficial ante esta Alzada se limitó a solicitar que se tenga por fundado el recurso deducido por su par de la instancia anterior, con los argumentos allí

    expuestos (cfr. fs. 375).

  2. b) Que en su recurso la Fiscal Federal “Ad Hoc” de Orán señala que debe revocarse el sobreseimiento dictado en favor de F. por el delito de almacenamiento de estupefacientes, dado que desde su domicilio se secuestraron más de cuatro kilos y medio de marihuana.

    En ese sentido, aduce que la Brigada de Investigaciones N° 4 de la Policía de Salta a cargo de la averiguación preliminar en la que se investigaba un robo, actuó con intervención del Juzgado de Garantías de Tartagal y fue la propietaria del inmueble (madre de la imputada) la que autorizó el ingreso del personal policial, siendo allí donde se encontraron los elementos robados y los envoltorios con droga, lo que se puso en conocimiento de la autoridad judicial, haciéndose presente personal de la División de Drogas Peligrosas, el que luego dejó constancia del ingreso al Fecha de firma: 29/11/2018 Alta en sistema: 30/11/2018 Firmado por: L.R.R.B. Firmado por: GUILLERMO ELIAS 2 Firmado por: ERNESTO SOLA Firmado(ante mi) por: SANTIAGO FRENCH #30569147#222862859#20181129102835897 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I FSA 19200/2017/CA1 inmueble previo consentimiento de L.G.R. y del Fiscal Penal N° 1, sin violación a ningún derecho constitucional, como a su entender erróneamente concluyó el Juez para anular el procedimiento.

    Por su parte, a fs. 378/380 y vta. el F. General S. señaló que corresponde hacer lugar al recurso de su par de la instancia anterior, puesto que el allanamiento en el domicilio de F. se efectuó con el consentimiento de su madre -titular del inmueble- siendo ella quien tenía el derecho a la exclusión.

    Agrega que la prevención se encontraba detrás de un objeto robado, por lo que la urgencia impedía que se dilate su búsqueda, por lo que de haberse requerido la orden al Juez, el objeto habría desaparecido, lo cual hace válido el hallazgo de la sustancia espuria.

    En cuanto al recurso de la defensa, coincide en que debe revocarse el procesamiento de F. por el delito de evasión, dado que no existió de su parte violencia en las personas ni fuerza en las cosas al darse a la fuga del hospital al que fue trasladada el 18/10/17.

    Por el contrario, solicita que se confirme su procesamiento por el delito de resistencia a la autoridad, puesto que conforme las constancias de fs. 130, cuando se la intentó detener, F. emprendió una veloz huida, siendo luego interceptada por la policía, oportunidad en la que enfrentó a una agente con golpes de puño y punta pies.

    Fecha de firma: 29/11/2018 Alta en sistema: 30/11/2018 Firmado por: L.R.R.B. Firmado por: GUILLERMO ELIAS 3 Firmado por: ERNESTO SOLA Firmado(ante mi) por: SANTIAGO FRENCH #30569147#222862859#20181129102835897 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I FSA 19200/2017/CA1 2) Que las actuaciones se iniciaron el 8/10/17 cuando personal del Grupo de Investigaciones “Sector 42”

    de la Policía de la Provincia de Salta informó que en el marco de una averiguación preliminar de la Sub Comisaría Vespucio seguida en contra de P.L.F.R. por un supuesto robo (quien se encontraba detenida desde el 5/10/17 a disposición del Juzgado de Garantías N° 1 de Tartagal), se trasladaron a su domicilio en el Campamento Vespucio, departamento S.M., en el que se efectuó una requisa sin orden judicial autorizada por la propietaria y madre de la detenida L.G.R., tras lo cual se secuestraron los elementos sustraídos.

    Asimismo, se informó que durante la requisa se hallaron cinco envoltorios con forma de ladrillo con sustancia vegetal ocultos detrás de un ropero de la habitación de la acusada, ordenando el Juez provincial la intervención de la División de Drogas Peligrosas de la Policía de la Provincia de Salta, cuyo personal labró un acta en la que se dejó constancia de lo manifestado por los efectivos de la Brigada de Investigaciones en cuanto accedieron al domicilio con el consentimiento de L.R., y del resultado positivo para cannabis sativa obtenido tras la prueba de campo sobre el tóxico secuestrado, con un peso de cuatro kilos, setecientos ochenta y ocho gramos, disponiéndose la detención de la imputada (cfr. fs. 2/5, narcotest de fs. 7/8 y acta de consulta judicial de fs...

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