Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 3 de Septiembre de 2020, expediente FSA 009519/2015/CA001

Fecha de Resolución 3 de Septiembre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I

FSA 9519/2015/CA1

Salta, 3 de septiembre de 2020.-

Y VISTA:

Esta causa N° FSA

9519/2015/CA1caratulada “C., G.E. s/

infracción a la ley 22.415”, originaria del Juzgado Federal de San Ramón de la Nueva Orán; y RESULTANDO:

1) Que se elevan las presentes actuaciones en virtud del recurso de apelación interpuesto por el representante del Ministerio Público F. en contra del punto I de la resolución de fs. 207/210 y vta., por el que se dispuso el sobreseimiento de G.E.C. por el delito de tentativa de contrabando de divisas (arts. 871, 863 y 864 inc. “d” de la ley 22.415, en función del art. 947, según la nueva redacción de la ley 27.430 del Código Aduanero).

En su presentación de fs. 211/213 la F.ía sostiene que, mediante resolución PGN N° 18/18, el Procurador General de la Nación instruyó a los fiscales con competencia penal que se opongan a la aplicación retroactiva de la ley 27.430, argumentando que la variación efectuada a los montos mínimos de punibilidad no implica un cambio en la valoración social de las conductas tipificadas, sino una actualización que tuvo como objetivo principal compensar la depreciación sufrida por la moneda nacional.

Ante esta Alzada, el F. General S. reiteró los argumentos esgrimidos por su par de la Fecha de firma: 03/09/2020

Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: E.S.E., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.G.D., SECRETARIO DE CAMARA 1

Firmado por: SANTIAGO FRENCH, JUEZ DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I

FSA 9519/2015/CA1

instancia anterior (cfr. fs. 223/226 y vta.).

2) Que no obstante haber sido debidamente notificada la defensa del imputado, no contestó el traslado en función del art. 454 del Código Procesal Penal de la Nación (cfr. fs. 229).

3) Que esta causa se inició el 13/6/15

cuando personal de la Gendarmería Nacional que se encontraba realizando una recorrida a pie en el sector “Los Gomones”, paso no habilitado de la localidad de Aguas Blancas, provincia de Salta,

observó que se aproximaba un hombre intentando ingresar al país.

Ante ello, se procedió a identificar a G.E.C.,

quien al momento de ser interceptado llevaba una mochila que contenía la suma de treinta y un mil ciento cincuenta dólares (U$S

31.150) y tres mil ochocientos cuarenta y siete pesos ($3.847) sin la correspondiente declaración ante la AFIP-DGA. En esa oportunidad, C. manifestó en forma espontánea que...

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