Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 2, 16 de Marzo de 2017, expediente FSM 045953/2014/CA002

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC. PENAL N° 2 Causa n° 7541- FSM 45953/2014/CA2 “IMPUTADO: CLÍNICA PSIQUIÁTRICA P.D.P.S.A. Y OTROS s/APROPIACION INDEBIDA DE RECURSOS DE LA SEG. SOCIAL DENUNCIANTE: M., SANTIAGO Y OTRO”

Reg.Int. N° 8159 S.M., 16 de marzo de 2017.

Pasen los autos a resolver.

Ante mí:

S.M., 16 de marzo de 2017.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. El Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 3 de M., resolvió sobreseer en el presente expediente a N.S.M., respecto del delito de apropiación indebida de los recursos de la seguridad social, previsto y reprimido por el artículo 9° de la ley 24.769, con la expresa mención que la sustanciación del presente no afecta el buen nombre y honor del que hubiera Fecha de firma: 16/03/2017 Firmado por: H.D.G., Firmado por: A.A.L., Firmado(ante mi) por: M.F.P., SECRETARIO DE CAMARA #23899654#173713656#20170321154302855 gozado –arts.334, 335 y 336, inc. 4to. e “in fine”

    del Código Procesal Penal de la Nación (fs.276/289vta.). La Administración Federal de Ingresos Públicos interpuso recurso de apelación (fs. 290/292).

    En la instancia, el F. General no adhirió

    a la impugnación deducida (fs. 305), mientras que la querella la mantuvo (fs. 306/307vta.) y la defensa presentó el memorial respectivo (fs.

    310/312vta.).

  2. El objeto procesal del asunto en estudio, estriba en las denuncias radicadas por el mencionado ente recaudador contra los responsables del contribuyente “Clínica P. P. del P. S.A.” y “Clínica P.P.A.S. S.A.”, ante la presunta comisión del delito de apropiación indebida de los recursos de la seguridad social (art. 9°, ley 24.769); en los períodos que comprenden, para el primer caso, desde enero de 2011 hasta noviembre de 2012, y para el segundo, desde enero de 2011 hasta diciembre de 2012. Ello así, en virtud a los aportes retenidos al personal a cargo de los contribuyentes y no depositados ante la AFIP.

    Fecha de firma: 16/03/2017 Firmado por: H.D.G., Firmado por: A.A.L., Firmado(ante mi) por: M.F.P., SECRETARIO DE CAMARA #23899654#173713656#20170321154302855 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC. PENAL N° 2 Causa n° 7541- FSM 45953/2014/CA2 “IMPUTADO: CLÍNICA PSIQUIÁTRICA P.D.P.S.A. Y OTROS s/APROPIACION INDEBIDA DE RECURSOS DE LA SEG. SOCIAL DENUNCIANTE: M., SANTIAGO Y OTRO”

    Reg.Int. N° 8159 Ahora bien, el magistrado argumenta que “de acuerdo a los resultados de las medidas dispuestas, no encontrándose otros indicios...

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