IMPUTADO: CEJAS, WALTER DAVID s/HOMICIDIO O LESIONES EN RIÑA VICTIMA: SALAS, JUAN CARLOS
Fecha de Resolución | 13 de Julio de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 3 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3
Causa N° 17214/2021/CA1. “IMPUTADO: CEJAS, WALTER
DAVID s/HOMICIDIO O LESIONES EN RIÑA VICTIMA:
SALAS, J.C..Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N°3 de M.. Secretaria Nº9
Registro de Cámara: 10.366
S.M., 13 de julio de 2022.-
VISTOS
Y CONSIDERANDO:
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Llegan las presentes actuaciones a estudio del Tribunal,
en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa oficial de W.D.C., contra el auto que decreta su procesamiento por considerarlo penalmente responsable del delito de homicidio, trabando embargo por la suma de un millón quinientos mil pesos ($ 1.500.000).
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Se agravió la asistencia por considerar que la decisión del instructor resultó desacertada, en tanto los elementos de prueba arrimados al expediente impiden tener por acreditado el carácter de injusto penal del suceso investigado, en tanto entiende que el accionar de su pupilo se encontraba justificado. Así, señaló que las circunstancias en que se desencadenaron los hechos, autorizan a sostener que la actitud adoptada por Cejas fue en propia defensa de la agresión recibida, toda vez que culminada la amenaza, su pupilo cesó
su accionar. En este sentido, postuló que la única alternativa posible que tenía su defendido era actuar de la manera en que lo hizo, por lo que no existiendo prueba esencial que permita establecer la dinámica de los sucesos, corresponde estar a un temperamento expectante a su respecto.
Por último, criticó el monto de la medida cautelar impuesta,
por entenderlo elevado.
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Ahora bien, tras el análisis las constancias obrantes en el legajo, entiende el Tribunal que se conforma un cuadro probatorio eficiente que autoriza a convalidar la decisión asumida por -1-
Fecha de firma: 13/07/2022
Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: L.J.A., PROSECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA
el juez de grado, por lo que se postulará su confirmación en esta instancia.
Así, no puede obviarse que el imputado resultó el autor de la herida mortal que ocasionó el deceso de S., tras la reyerta entre ambos, acaecida en el salón de usos múltiples del pabellón I, de la unidad residencial I del Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz.
A tal fin, corresponde meritar el testimonio del ayudante de 4ta. H.M., en cuanto refirió que “el día 7 de noviembre de 2021, alrededor de las 18:35...
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