Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 19 de Diciembre de 2014, expediente FSA 052000063/2012/CA001

Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2014
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA ta, 19 de diciembre de 2014.

AUTOS Y VISTA:

Esta causa N° FSA 520000063/2012/CA1 caratulada “C.A., C. s/ Infracción Ley 22.415” originaria del Juzgado Federal de Orán (Expte. N° FSA 520000063/2012), y; RESULTANDO:

  1. Que se elevan estas actuaciones al Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Fiscal Federal en contra del punto Vº) del auto de procesamiento de fs. 138/144 por la que se dispuso la devolución parcial de U$S 20.000, secuestrados a favor del imputada, quien fue procesada por el delito de contrabando de importación de divisas (art. 863 y 864 inc.

    d

    de la Ley 22.415 y 306 del Código Penal).

  2. Que al momento de ampliar sus fundamentos, el F. General S. estimó que la devolución resultaba improcedente en tanto la encartada con su accionar vulneró los controles de Aduana sobre las importaciones y exportaciones de mercadería, al intentar pasar por un puesto de control cercano a la frontera. Por ello, sostuvo la suma entregada formaba parte de otra mayor y por lo tanto correspondería su incautación y decomiso por tratarse de la prueba del ilícito investigado.

  3. Que las presentes actuaciones se iniciaron el 18 de enero de 2012 cuando personal de Gendarmería Nacional se Fecha de firma: 19/12/2014 Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: SANTIAGO FRENCH encontraba apostado sobre la Ruta 50, efectuando controles aduaneros, oportunidad en la que arribó un taxi, que provenía de la ciudad de Tarija (Bolivia) y con destino a la ciudad de Buenos Aires, del cual descendió una persona identificada como C.C.A.. Seguidamente se procedió a efectuar un control sobre la cartera de la nombrada, constatándose en su interior una bolsa tipo nylon de color negra respecto de la cual la misma manifestó que era dinero de su propiedad, y que luego del conteo arrojó un total de U$S 40.000. Al serle requerida la declaración aduanera correspondiente, la investigada manifestó no poseerla. Por esa razón, se la detuvo y se incautó la totalidad del dinero.

    Luego, a fs. 71/72 se le recibió declaración indagatoria, oportunidad en que se le imputó los delitos de infracción a las leyes 19.354, régimen penal cambiario y presunta infracción a la ley 22.415 y allí indicó que el dinero resultó de la venta de un inmueble en la ciudad de Tarija de propiedad de su marido y estaba destinada a construir una casa en Argentina, al respecto adjuntó boleto de compraventa de terreno, certificado de matrimonio, acta de nacimiento y unos pasajes aéreos. Asimismo, manifestó desconocer que tenía que declarar el dinero al ingresar al país.

    A fs. 87 el F.F. solicitó medidas de prueba tales como un amplio informe socio ambiental en el domicilio...

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