Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 1, 10 de Octubre de 2019, expediente FSM 104422/2018/CA001

Fecha de Resolución10 de Octubre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 1 FSM 104422/2018/CA1 (13.404), C.: “IMPUTADO:

CABRAL, M.E. Y OTROS s/INFRACCION LEY 22.362”, (Juzgado Federal de Tres de Febrero, Secretaria Nº 3).

Registro de Cámara: 12168 S.M., 10 de octubre de 2019.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I.V. este legajo a estudio del Tribunal, a raíz del recurso de apelación deducido por la defensa oficial de D.J.D., Á.D.D. y M.E.C., contra el auto que ordenó el procesamiento de los nombrados, por hallarlos prima facie autores del delito acuñado en el Art. 31, inciso “d”, de la ley 22.362 (Cfr. Fs. 285/88).

  1. La lectura de la decisión impugnada indica que la señora juez a quo, luego de detallar las distintas circunstancias que atravesó la pesquisa, precisó la conducta atribuida a los imputados e hizo mérito de las probanzas que conforman el sumario, para finalmente establecer sus respectivas preliminares responsabilidades en los hechos.

Frente a ello, coincide la Sala con el instructor en cuanto a que el plexo ponderado, permite dirigir a los encausados, las imputaciones discernidas en el pronunciamiento recurrido, con los alcances convictivos que caracterizan este segmento del proceso.

Sentado ello, en cuanto al planteo de atipicidad, fundado en que no se ha probado el perjuicio para el titular, o 1 Fecha de firma: 10/10/2019 Firmado por: M.D.F., Firmado por: J.P.S., Firmado por: MARCOS MORAN Firmado(ante mi) por: M.A.L., PROSECRETARIA DE CAMARA #32103310#246484277#20191008121404100 que haya tenido incidencia en su giro comercial, cabe resaltar las múltiples funciones que cumple la marca, como la de conocer el origen del objeto, distinguir el producto o servicio de otros, garantizar una calidad uniforme en ellos, así como la publicitaria. De ahí que el distinguir un producto o un servicio con una marca hace a la esencia del sistema marcario y a su efectiva protección.

En ese orden, se ha dicho que la marca es la garantía de las actividades económicas a que se refiere contra la competencia desleal en la producción o circulación de la riqueza y ampara el esfuerzo del hombre, individualizando sus productos, sus fábricas o sus establecimientos, para cimentar su responsabilidad, su mérito y su legítimo beneficio (Fallos:

163:5), así como que la finalidad primordial de la legislación marcaria, consiste en la protección de las buenas prácticas comerciales y también la buena fe del adquirente (Fallos:

253:267; 259:282; 258:249), por lo que el...

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