Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B, 5 de Junio de 2018, expediente CPE 000370/2017/CA002

Fecha de Resolución 5 de Junio de 2018
EmisorCAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B

Poder Judicial de la Nación CPE 370/2017/CA2 LEGAJO DE APELACIÓN FORMADO EN LA CAUSA N° CPE 370/2017, CARATULADA: “M.A.C.G. S/ INFRACCIÓN LEY 22.415”.

J.N.P.E. N° 8, SEC. N° 16 (EXPEDIENTE N° CPE 370/2017/CA2, ORDEN N° 28.337. SALA “B”).

Buenos Aires, de junio de 2018.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por la señora fiscal de la instancia anterior que luce a fs. 441/443 vta. de esta causa contra la resolución que obra a fs. 433/439 vta. de la misma, en cuanto por aquélla el juzgado “a quo” dispuso el auto de sobreseimiento total respecto de R.M.L. y de M.A.C.G.

en orden a los hechos que se investigan por el sumario principal.

Los memoriales obrantes a fs. 452/452 vta. y 453/455, por los cuales el señor fiscal general de cámara y la defensa de R.M.L. y de M.A.C.G.

informaron en los términos del art. 454 del C.P.P.N., respectivamente.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, en la presente causa se investiga la comisión presunta del delito de encubrimiento de contrabando por parte de R.M.L. y de M.A.C.G., quienes habrían intervenido en la adquisición o la recepción de la mercadería secuestrada, consistente en cuatrocientos veinte (420) pares de zapatillas, con un valor en plaza de ciento treinta y ocho mil novecientos cuarenta y ocho pesos ($ 138.948).

    Por el pronunciamiento que luce a fs. 433/439 vta. el juzgado “a quo” sobreseyó totalmente a R.M.L. y a M.A.C.G. en orden a los hechos mencionados por el párrafo anterior por considerar atípicas aquellas conductas a partir de la modificación al artículo 947 del Código Aduanero vigente al momento de la comisión presunta de los hechos introducida por la ley 27.430 (Boletín Oficial de fecha 29/12/2017, vigente desde el 30/12/2017), que estimó

    aplicable al caso en función del principio de la aplicación de la ley penal más benigna.

  2. ) Que, la señora fiscal de la instancia anterior interpuso un recurso de apelación contra el pronunciamiento mencionado por el considerando Fecha de firma: 05/06/2018 anterior, en cumplimiento de la Resolución PGN N° 18/18 por la cual el Alta en sistema: 08/06/2018 Firmado por: M.A.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: MARÍA CONSTANZA DE O.C., PROSECRETARIA DE CAMARA #29600996#207811128#20180604101442405 Poder Judicial de la Nación CPE 370/2017/CA2 Procurador General de la Nación Interino instruyó a todos los agentes integrantes del Ministerio Público Fiscal a asumir la interpretación señalada por la Resolución PGN N° 5/12, y en consecuencia, se opongan a la aplicación retroactiva de la ley N° 27.430 en cuanto dispone aumentos de las sumas de dinero que establecen un límite a la punibilidad de los delitos tributarios y de contrabando.

  3. ) Que, por el art. 250 de la ley 27.430 (sancionada el 27/12/2017 y publicada en el Boletín Oficial el 29/12/2017), se sustituyó el art. 947 del Código Aduanero (ley 22.415 y sus...

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