Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 22 de Septiembre de 2016, expediente FSA 008594/2016/CA001

Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 8594/2016/CA1 Salta, 22 de septiembre de 2016.

Y VISTA:

Esta causa Nº FSA 8594/2016/CA1 caratulada:

BUSTAMANTE MENDOCILLA, A.C.S.ÓN LEY 23.737

proveniente del Juzgado Federal N° 2 de Jujuy, y RESULTANDO:

1) Que se elevan a esta Alzada las actuaciones de referencia en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs.

107/108 por la defensa oficial de A.C.B.M. en contra del auto de fs. 95/102 en cuanto procesó al imputado por el delito de contrabando de importación de estupefacientes agravado por su destino comercial y por su ingreso al país por un lugar no habilitado al efecto (art. 866, segundo párrafo, en función del art. 864 inc. a de la ley 22.415).

2) Que al interponer el recurso la defensa enumeró los agravios de apelación, aclarando que serían fundados ante esta Instancia:

  1. Nulidad de la detención y requisa. Ausencia de orden judicial. Falta de requerimiento de instrucción fiscal.

    Inexistencia de urgencia para proceder de manera unilateral.

  2. Testigos civiles convocados luego del hallazgo y no desde el primer momento de la intervención de la fuerza.

    Fecha de firma: 22/09/2016 Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA #28422230#162623258#20160922082824496 C. Violación del derecho de defensa en juicio.

    Falta de valoración de la declaración del imputado. Situación de vulnerabilidad.

  3. Nulidad de la supuesta declaración espontánea del Sr. B.M. ante el GN aprehensor.

    Prohibición de autoincriminación, desconocimiento del derecho a guardar silencio desde el mismo momento en que es requisad.

    Violación art. 18 CN.

  4. Nulidad de la resolución de fs. 95/102 por arbitrariedad y fundamentación aparente. Falta de razonabilidad.

  5. Ausencia del elemento subjetivo.

    Proporcionalidad mínima de la pena con la magnitud de la lesión.

    Favor rei. Principio de humanidad. Pedido de sobreseimiento, falta de mérito y cambio de calificación.

    G.R. arbitraria por disponer embargo de bienes de monto excesivo sin fundamentar.

  6. Exclusión de la agravante impuesta en la resolución por falta de fundamentación. Arbitrariedad en calificación legal escogida.

    3) Que por su parte, notificado el Defensor Oficial del imputado a los fines de que produzca su informe escrito a tenor de la audiencia prevista en el artículo 454 del Código Procesal Penal de la Nación, solicitó se tenga por fundado el recurso de apelación...

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