Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 14 de Marzo de 2019, expediente FTU 021215/2012/CA001

Fecha de Resolución14 de Marzo de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN - SECRETARIA PENAL

21215/2012 IMPUTADO: AZAR, MUSA Y OTROS s/PRIVACION ILEGAL DE LIBERTAD (ART.144 BIS INC.1), APREMIOS ILEGALES A DETENIDOS (ART.144 BIS INC.3), IMPOSICION DE TORTURA (ART.144 TER.INC.1), ALLANAMIENTO ILEGAL y ASOCIACION ILICITA QUERELLANTE: BRAVO, FRANCISCO MARÍA Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN San Miguel de Tucumán, de 2019.

AUTOS Y VISTO: Para resolver los recursos de apelación interpuestos en contra de la resolución de fecha 27 de marzo de 2017, y CONSIDERANDO:

I) Que viene esta causa a estudio de este Tribunal, con motivo de los recursos de apelación interpuestos en contra de la sentencia de fecha 27 de marzo de 2017, dictada por el Juez a cargo del Juzgado Federal de la provincia de S. delE., en la que se resolvió: “

IV) ORDENAR el procesamiento y prisión preventiva de M.T.G. … como presunto autor del delito de privación ilegítima de la libertad (art. 144 bis inc. 3° del C.P.) y torturas (art. 144 ter del C.P. –texto según Ley 14.616–) en perjuicio de F.M.B. en una oportunidad; todo en concurso real (art. 55 del C.P.); y el embargo de sus bienes por la suma de doscientos mil Pesos ($ 200.000,00).

V) ORDENAR el procesamiento y prisión preventiva de R. delV.L.V. … como presunto autor del delito de privación ilegítima de la libertad (art. 144 bis inc. 3° del C.P.) y torturas (art. 144 ter del C.P. –texto según Ley 14.616–) en perjuicio de F.M.B., en dos oportunidades; todo en concurso real (art. 55 del C.P.); y el embargo de sus bienes por la suma de cuatrocientos mil Fecha de firma: 15/03/2019 Alta en sistema: 18/03/2019 Firmado por: DR. R.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: DRA. M.C., JUEZA DE CAMARA Firmado por: DR. J.E.D., CONJUEZ DE CAMARA Firmado por: DR. H.E.F.S., CONJUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: DRA. L.E.I., SECRETARIA PENAL DE CAMARA #122960#229065380#20190313102417183 21215/2012 IMPUTADO: AZAR, MUSA Y OTROS s/PRIVACION ILEGAL DE LIBERTAD (ART.144 BIS INC.1), APREMIOS ILEGALES A DETENIDOS (ART.144 BIS INC.3), IMPOSICION DE TORTURA (ART.144 TER.INC.1), ALLANAMIENTO ILEGAL y ASOCIACION ILICITA QUERELLANTE: BRAVO, FRANCISCO MARÍA Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN Pesos ($ 400.000,00); declarando que no existe mérito, por ahora, para ordenar su procesamiento o sobreseimiento en orden al delito previsto por el art. 151 del C.P. que le fuera imputado (art. 309 C.P.P.N.)”.

  1. ) Que a fs. 343/347, la defensa pública en representación de R. delV.L.V. interpone recurso de apelación, y a fs. 371/374 presenta memorial de agravios ante esta Alzada.

    Esgrime que la resolución atacada carece de fundamentación suficiente para ser considerada un acto jurisdiccional valido, ya que contiene afirmaciones meramente dogmáticas sin sustento probatorio suficiente. Alega que el a quo se limita a reproducir los dichos del denunciante sin que se haya incorporado prueba suficiente que acredite sus dichos.

    Aduce que no existen elementos de convicción suficientes para estimar que su defendido es responsable de los hechos delictuosos que se le imputan.

    En relación a la atribución de responsabilidad penal por privación ilegítima de la libertad, señala que en ningún momento menciona el denunciante que fuera detenido coetáneamente Salomón (respecto de quien el hecho ha sido juzgado con anterioridad), tampoco que L. haya ido a la casa de la mujer de Bravo.

    Fecha de firma: 15/03/2019 Alta en sistema: 18/03/2019 Firmado por: DR. R.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: DRA. M.C., JUEZA DE CAMARA Firmado por: DR. J.E.D., CONJUEZ DE CAMARA Firmado por: DR. H.E.F.S., CONJUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: DRA. L.E.I., SECRETARIA PENAL DE CAMARA #122960#229065380#20190313102417183 21215/2012 IMPUTADO: AZAR, MUSA Y OTROS s/PRIVACION ILEGAL DE LIBERTAD (ART.144 BIS INC.1), APREMIOS ILEGALES A DETENIDOS (ART.144 BIS INC.3), IMPOSICION DE TORTURA (ART.144 TER.INC.1), ALLANAMIENTO ILEGAL y ASOCIACION ILICITA QUERELLANTE: BRAVO, FRANCISCO MARÍA Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN En cuanto a la imputación por torturas, se agravia de la resolución en tanto tiene por acreditada la comisión del delito con la sola declaración testimonial de F.M.B..

  2. ) Que a fs. 348, la letrada A.G.A. -en representación del encartado M.T.G.- interpone recurso de apelación en contra de la resolución de fecha 27/03/17.

    Que luego de vencida la fecha de la audiencia prevista por el art.

    454 del CPPN, no presentó informe de agravios.

    Conforme da cuenta las constancias obrantes a fs. 349 vta. la defensa de M.T.G. ha sido debidamente notificada de la concesión de la apelación –en primera instancia-

    como así también de la radicación de los autos ante este Tribunal, como de la fijación de audiencia para expresar agravios, los cuales no han sido expresados.

    Cabe referir que la realización de la audiencia prevista por el código de rito, genera una carga procesal para la parte que ha acudido a la vía recursiva a efectos de obtener la revisión de una resolución que no lo beneficia.

    Siendo que una carga procesal se rige por el propio interés, la falta de agravios respecto al decisorio impugnado hace presumir su apatía frente al recurso deducido, habilitando de tal modo la sanción de deserción prevista por el art. 454 del C.P.P.N..

    Ello puede ocurrir tanto por no presentar el memorial respectivo Fecha de firma: 15/03/2019 Alta en sistema: 18/03/2019 Firmado por: DR. R.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: DRA. M.C., JUEZA DE CAMARA Firmado por: DR. J.E.D., CONJUEZ DE CAMARA Firmado por: DR. H.E.F.S., CONJUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: DRA. L.E.I., SECRETARIA PENAL DE CAMARA #122960#229065380#20190313102417183 21215/2012 IMPUTADO: AZAR, MUSA Y OTROS s/PRIVACION ILEGAL DE LIBERTAD (ART.144 BIS INC.1), APREMIOS ILEGALES A DETENIDOS (ART.144 BIS INC.3), IMPOSICION DE TORTURA (ART.144 TER.INC.1), ALLANAMIENTO ILEGAL y ASOCIACION ILICITA QUERELLANTE: BRAVO, FRANCISCO MARÍA Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN como, en caso de hacerlo, que este verse sobre hechos totalmente distintos a los que se encuentran en crisis y que fueran recurridos.

    II) La defensa técnica del encartado R.L.V. solicita se revoque la resolución por la que se dispuso el auto de procesamiento de su defendido por falta de fundamentación, o en su defecto se disponga el sobreseimiento del nombrado ante la falta de orfandad probatoria.

  3. ) Que la presente causa se inicia en virtud de los hechos denunciados por F.M.B., quien relata que :

    en el año 1972 conoció al Sr. R.M., a M.M., a un tal A. y a D.M.. Con ellos formaron la Juventud Peronista. Trabajaron juntos hasta marzo de 1973 cuando perdió su candidato, el Sr. L.B., la gobernación de S. delE. y ganó J.. Salieron electos diputados provinciales R.M. y A.F. y los demás continuaron con la militancia política.

    En junio de 1973 comenzó una persecución contra F.M.B...

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