Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 6 de Noviembre de 2018, expediente FTU 026477/2012/CA001

Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN - SECRETARIA PENAL

26477/2012 IMPUTADO: AZAR, MUSA Y OTROS s/PRIVACION ILEGAL DE LIBERTAD (ART.144 BIS INC.1), APREMIOS ILEGALES A DETENIDOS (ART.144 BIS INC.3), IMPOSICION DE TORTURA (ART.144 TER.INC.1) y ASOCIACION ILICITA VICTIMA: KOFLER, ALEJANDRINA Y OTRO Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN San Miguel de Tucumán, de 2018.

AUTOS Y VISTO: el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de resolución de fecha 19 de mayo de 2015; y CONSIDERANDO:

I) Que viene esta causa a estudio de este Tribunal, con motivo de los recursos de apelación interpuestos en contra de la sentencia de fecha 19 de mayo de 2017, dictada por el Juez a cargo del Juzgado Federal de la provincia de S. delE., en la que se resolvió: “…

II) ORDENAR el procesamiento y prisión preventiva de M.T.G.… como presunto autor mediato de los delitos de privación ilegítima de la libertad (art.

144 bis, incs. 1º y 3° del C.P.) y torturas (art. 144 ter –según Ley 14.616 del C.P.) en perjuicio de E.K., todo en concurso real (art. 55 del CP); y el embargo de sus bienes por la suma de doscientos mil Pesos ($ 200.000). ..

V) ORDENAR el procesamiento y prisión preventiva de R. delV.L.V. … como presunto autor material del delito de privación ilegítima de la libertad (art. 144 bis, incs. 1º y del C.P.) en perjuicio de E.K.; y el embargo de sus bienes por la suma de cien mil Pesos ($ 100.000) declarando que no existe mérito por ahora, para ordenar su procesamiento o sobreseimiento Fecha de firma: 06/11/2018 Alta en sistema: 07/11/2018 Firmado por: DR. R.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: DRA. M.C., JUEZA DE CAMARA Firmado por: DR. J.E.D., CONJUEZ DE CAMARA Firmado por: DR. H.E.F.S., CONJUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: DRA. L.E.I., SECRETARIA PENAL DE CAMARA #123799#220423402#20181031100452436 26477/2012 IMPUTADO: AZAR, MUSA Y OTROS s/PRIVACION ILEGAL DE LIBERTAD (ART.144 BIS INC.1), APREMIOS ILEGALES A DETENIDOS (ART.144 BIS INC.3), IMPOSICION DE TORTURA (ART.144 TER.INC.1) y ASOCIACION ILICITA VICTIMA: KOFLER, ALEJANDRINA Y OTRO Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN en relación al delito de torturas (art. 144 ter –según Ley 14.616 del C.P.). …”.

  1. ) La defensa pública en representación de R.L.V., presenta memorial de agravios ante este Tribunal a fs. 213/223.

    Esgrime que la resolución en crisis carece de la debida fundamentación que bajo pena de nulidad exigen los arts. 123, 399 y 404 inc. 2 del CPPN, violentando los arts. 18 y 75 inc. 22 de la CN, arts. 1, 2 y 8 de la CADH y art. 2 y 14 del PIDCYP.

    En tal sentido señala que el testimonio de la denunciante como única prueba de cargo resulta insuficiente para determinar el procesamiento de L.V., el cual no fue corroborado por ninguna otra prueba, violentando la presunción de inocencia de la que goza su defendido.

    Alega que al momento de tomar indagatoria a su defendido se ha violentado el principio de legalidad material y formal, el debido proceso y el derecho de defensa, ello en virtud que se le atribuyó participación en los hechos en carácter de autor material, sin especificar en forma concreta cual fue la conducta desplegada en relación a los mismos.

    Arguye que el monto de la medida cautelar resulta ser desproporcionado, apartada a derecho y no estar acorde con la etapa procesal de la causa.

    Fecha de firma: 06/11/2018 Alta en sistema: 07/11/2018 Firmado por: DR. R.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: DRA. M.C., JUEZA DE CAMARA Firmado por: DR. J.E.D., CONJUEZ DE CAMARA Firmado por: DR. H.E.F.S., CONJUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: DRA. L.E.I., SECRETARIA PENAL DE CAMARA #123799#220423402#20181031100452436 26477/2012 IMPUTADO: AZAR, MUSA Y OTROS s/PRIVACION ILEGAL DE LIBERTAD (ART.144 BIS INC.1), APREMIOS ILEGALES A DETENIDOS (ART.144 BIS INC.3), IMPOSICION DE TORTURA (ART.144 TER.INC.1) y ASOCIACION ILICITA VICTIMA: KOFLER, ALEJANDRINA Y OTRO Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN Finalmente manifiesta que el a quo dispuso la prisión preventiva de L.V., sin esgrimir fundamentos alguno – en clara contradicción con lo dispuesto por lo arts. 123 y 308 del CPPN-, y vulnerando los derechos y garantías.

  2. ) Que a fs. 208/209, el acusador público adhiere al recurso de apelación al solo interés de la ley y aduce que las defensas de los imputados esgrimen una mera disconformidad con lo resuelto oportunamente por el a quo, sin haber realizado una descripción razonada de los argumentos que correspondería analizar a fin de dejar sin efecto y revertir el decisorio del Sr. Juez Federal de S. delE..

    Entiende que la resolución puesta en crisis se ajusta a derecho y es conclusión lógica y razonada de las constancias y pruebas obrantes en la causa.

    Finalmente alega, que una modificación del procesamiento dictado generaría un perjuicio a la acusación estatal, que no se adecuaría a los estándares jurisprudenciales que esta Cámara viene sosteniendo en forma inveterada a lo largo de los años, en las distintas causas que pasaron por esta instancia, en casos donde se juzgan gravísimas violaciones a los derechos humanos, solicitando se confirme la resolución dictada por el Juzgado Federal de Santiago del Estero en fecha 19 de mayo de 2017 en todos sus términos.

    Fecha de firma: 06/11/2018 Alta en sistema: 07/11/2018 Firmado por: DR. R.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: DRA. M.C., JUEZA DE CAMARA Firmado por: DR. J.E.D., CONJUEZ DE CAMARA Firmado por: DR. H.E.F.S., CONJUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: DRA. L.E.I., SECRETARIA PENAL DE CAMARA #123799#220423402#20181031100452436 26477/2012 IMPUTADO: AZAR, MUSA Y OTROS s/PRIVACION ILEGAL DE LIBERTAD (ART.144 BIS INC.1), APREMIOS ILEGALES A DETENIDOS (ART.144 BIS INC.3), IMPOSICION DE TORTURA (ART.144 TER.INC.1) y ASOCIACION ILICITA VICTIMA: KOFLER, ALEJANDRINA Y OTRO Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN 3°) Que a fs. 210 la letrada A.G.A. por la defensa de M.T.G. adhiere al recurso de apelación interpuesto por la defensa pública en contra de la resolución de fecha 19 de mayo de 2017.

    Que debidamente notificada la defensa técnica de la audiencia prevista a los fines del artículo 454 del CPPN (fs. 212), no ha presentado memorial de agravios; ello conforme lo informado por la Actuaria (v. informe de fs. 224).

    Como ya se expusiera en otras oportunidades, la realización de la audiencia prevista por el código de rito, genera una carga procesal para la parte que ha acudido a la vía recursiva a efectos de obtener la revisión de una resolución que no lo beneficia.

    Siendo que una carga procesal se rige por el propio interés, la falta de agravios respecto al decisorio impugnado hace presumir su apatía frente al recurso deducido, habilitando de tal modo la sanción prevista por el art. 454, párrafo, del C.P.P.N.

    II) Entiende este Tribunal que corresponde confirmar la resolución traída a examen, de conformidad a los fundamentos que se expresan a continuación.

  3. ) Que la presente causa se inicia en virtud de los hechos denunciados por E.K.: “que por esa época la declarante trabajaba en el Concejo Deliberante de la ciudad de La Fecha de firma: 06/11/2018 Alta en sistema: 07/11/2018 Firmado por: DR. R.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: DRA. M.C., JUEZA DE CAMARA Firmado por: DR. J.E.D., CONJUEZ DE CAMARA Firmado por: DR. H.E.F.S., CONJUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: DRA. L.E.I., SECRETARIA PENAL DE CAMARA #123799#220423402#20181031100452436 26477/2012 IMPUTADO: AZAR, MUSA Y OTROS s/PRIVACION ILEGAL DE LIBERTAD (ART.144 BIS INC.1), APREMIOS ILEGALES A DETENIDOS (ART.144 BIS INC.3), IMPOSICION DE TORTURA (ART.144 TER.INC.1) y ASOCIACION ILICITA...

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