Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 19 de Diciembre de 2019, expediente FTU 020322/2019/CA001

Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN - SECRETARIA PENAL

20322/2019 - IMPUTADO: ARIAS, L.G.s. LEY 23.737 (ART.5 INC.C)

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE T.S.M. de Tucumán, de 2019.

AUTOS Y VISTOS: Para resolver el recurso de apelación deducido a fojas 69 contra la resolución de fecha 20 de agosto de 2019, y CONSIDERANDO:

  1. Que vienen las presentes actuaciones a estudio de este tribunal en virtud del recurso apelación interpuesto por la defensa técnica del imputado L.G.A., contra la resolución de fecha 20 de agosto de 2019, por la cual se dispuso:

    I°) DISPONER EL PROCESAMIENTO CON PRISIÓN PREVENTIVA de L.G.A., cuyas condiciones personales obran en autos, por considerarlo, prima facie, autor penalmente responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercio (Art 5 Inc. C de la Ley 23737 y arts. 306, 312 y cc. del C. Procesal Penal de la Nación).- II°) TRABAR EMBARGO sobre bienes suficientes de propiedad del nombrado, a fin de garantizar responsabilidades civiles y costas procesales derivadas de la presente causa, hasta alcanzar la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000), conforme lo normado por el art. 518del CPPN.- III°) ORDENAR el traslado de L.G.A. hasta el Servicio Penitenciario de Tucumán, donde quedará alojado a disposición de este Juzgado. En el supuesto de que no existe cupo disponible, requiérase al Servicio Penitenciario Federal que Fecha de firma: 19/12/2019 Firmado por: 2- MARINA COSSIO, JUEZA DE CAMARA Firmado por: 3- J.E.D., CONJUEZ DE CAMARA Firmado por: 4- HERNÁN EDUARDO FRÍAS SILVA, CONJUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.F.D., SECRETARIA DE CAMARA #33909535#253042014#20191219115849679 20322/2019 - IMPUTADO: ARIAS, L.G.s. LEY 23.737 (ART.5 INC.C)

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN informe cuál establecimiento carcelario federal posee plaza para su alojamiento, procediéndose al traslado del encartado hasta la unidad penitenciaria más cercana a la provincia de Tucumán…

    A fojas 76/77, el señor F.F. manifestó su no adhesión al recurso.

    En fecha 29 de octubre de 2019 (fs. 79), se realizó la audiencia prevista en el artículo 454 del código de rito, con la presencia de los Magistrados doctores R.M.S., J.D. y H.F.S., el representante del Ministerio Público Fiscal, Dr. A.G.G. y el señor Defensor del Imputado Dr. J.M.M.; oportunidad en la cual este último expresó agravios.

    En su exposición, la defensa del imputado A. tachó

    de nula el acta de procedimiento de fojas 1/2, no en lo que respecta al cumplimiento de los requisitos formales, sino relación a la falsedad ideológica que presenta. En esa línea, manifestó que el procedimiento policial de fecha 2 de agosto del corriente, por el cual se terminó imputando a A., no se produjo en la forma en que se plasmó en el acta.

    Alegó que las constancias de autos acreditan la falsedad invocada. Así, los testigos Á.N.C. (fs.

    28/29) y L.F.D. (fs. 31/32), fueron coincidentes en que no participaron de las actuaciones y que las circunstancias del caso no se condicen con lo consignado en el acta.

    Fecha de firma: 19/12/2019 Firmado por: 2- MARINA COSSIO, JUEZA DE CAMARA Firmado por: 3- J.E.D., CONJUEZ DE CAMARA Firmado por: 4- HERNÁN EDUARDO FRÍAS SILVA, CONJUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.F.D., SECRETARIA DE CAMARA #33909535#253042014#20191219115849679 20322/2019 - IMPUTADO: ARIAS, L.G.s. LEY 23.737 (ART.5 INC.C)

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN En sostén de sus...

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