Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 8 de Mayo de 2019, expediente FSA 023607/2017/CA001

Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 23607/2017/CA1 Salta, 8 de mayo de 2019.

Y VISTA:

Esta causa nro. FSA 23607/2017 caratulada: “A., R.E. y V., H.L. s/

infracción a la ley 23.737”, originaria del Juzgado Federal N° 1 de Salta; y RESULTANDO:

1) Que llegan las actuaciones a consideración de esta Alzada, en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 201/209 por la Defensa Oficial de H.L.V., en contra del auto del 9/4/18 por el que se lo procesó, con prisión preventiva, por el delito de transporte de estupefacientes, trabando embargo sobre sus bienes por el valor de $ 300.000 (fs.

181/200).

2) Que las presente causa se inició el 30/11/17 cuando el F. Federal N° 1 de Salta puso en conocimiento del Juzgado Federal N° 1 de igual ciudad que en el marco de los autos “Barroso, E. y otros s/ infracción a la ley 23.737”, E.. N° 25/17 de trámite ante ese Tribunal, se celebró un acuerdo de colaboración con uno de los allí investigados (cfr. ley 27.304), quien aportó las líneas telefónicas que utilizarían dos sujetos identificados “Chato” Soria y “Coquito”, quienes formarían parte de una organización dedicada al tráfico de estupefacientes cuyo destino sería la provincia de Santa Fe.

Asimismo, se informó que el personal de Gendarmería Nacional a cargo de esa pesquisa recibió datos Fecha de firma: 08/05/2019 Firmado por: G.F.E. JUEZ DE CAMARA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA 1 Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA #31005949#233816881#20190508093924836 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 23607/2017/CA1 provenientes de una persona anónima, quien manifestó que en la localidad de Las Lajitas existirían ciudadanos de San Ramón de la Nueva Orán (Salta) y Santo Tomé (Santa Fe) que se dedicarían a actividades penadas por la ley 23.737, y que dicha organización transportaría sustancias prohibidas por la ruta provincial N° 5 y por la ruta nacional N° 34 con destino al sur del país, aportando tres números celulares que se utilizarían para organizar esos viajes.

A raíz de ello, el F. actuante solicitó

la intervención de las líneas aportadas, así como la autorización a la Sección de Investigaciones Antidrogas “Salta” de Gendarmería Nacional para que efectúe tareas investigativas, seguimientos, vigilancias, extracción de fotografías, filmaciones y toda diligencia que resulte útil a fin de identificar a los miembros de la organización, y se los faculte a la detención de quienes resulten responsables una vez comprobada la comisión de delitos (fs. 1/2).

A fs. 3 el juez homologó el acuerdo y dispuso la formación de causa por separado, dando origen a la presente, ordenando las medidas solicitadas por el Ministerio Público F. a fs. 5/8.

Luego, la prevención informó que tras las tareas de campo realizadas (en colaboración con sus pares de Buenos Aires) se obtuvieron los números de teléfono que utilizarían personas del estrecho entorno de los investigados, en especial de “el Chato” Soria, solicitándose, entre otras, la intervención de la línea N° 3875983798 (fs. 15/20) perteneciente a quien sería el encargado de coordinar los envíos de estupefaciente Fecha de firma: 08/05/2019 Firmado por: G.F.E. JUEZ DE CAMARA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA2 Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA #31005949#233816881#20190508093924836 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 23607/2017/CA1 desde la ciudad de Orán hacia la provincia de Santa Fe, por lo que, con anuencia del F. (fs. 21 y vta.) así lo ordenó el J. a fs.

22/24.

3) Que en cumplimiento de ello, a fs. 28 y vta. se informó sobre un diálogo del 18/2/18 en el que dicho abonado (identificado a fs. 31 como H.L.V. le comentó a una mujer que “el otro” -refiriéndose a un tal “D.”- lo tenía “loco” porque quería que estén al día siguiente “por allá… a donde teníamos que ir” y que desde el sábado “la venía piloteando”

pero que esa persona quería “ya, ya que ya”, respondiendo su interlocutora que ella no podía ir en ese momento porque “se le habían terminado los días”, consultándole a V. si la iba a esperar puesto que “tenía que pasar todos los controles”, a lo que el nombrado respondió afirmativamente.

Luego, se informó que a raíz de las tareas de seguimiento que se venían realizando, se constató el domicilio de V. (en pasaje Capitán Chanchorras N° 2052 de esta ciudad, en la que había una camioneta Fiat Strada Adventure dominio KZJ-

947 de su propiedad), siendo que el 22/2/18 se reunió con un grupo de personas en una confitería en el centro de la ciudad, dirigiéndose luego a la zona norte de la provincia (cfr. fs. 34/35).

Por su parte, el 23/2/18 -a hs. 05:50-, se divisó a V. egresar de su domicilio en la camioneta indicada y dirigirse a un inmueble en calle I., en donde una mujer con un bebé en brazos abordó el vehículo, y ambos se dirigieron por calle Arenales y luego por la autovía “Circunvalación Oeste”, en Fecha de firma: 08/05/2019 Firmado por: G.F.E. JUEZ DE CAMARA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA 3 Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA #31005949#233816881#20190508093924836 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 23607/2017/CA1 donde estacionó al costado de la ruta y allí, luego de unos minutos, se detuvo a su lado un automotor marca Fiat Grand Siena dominio LVD-572, del que descendió una persona y tras un breve diálogo con V., continuaron en “caravana” hasta llegar a la localidad de Cerrillos (fs. 43 y vta.).

4) Que a raíz de ello, el personal de la Sección de Investigaciones Antidrogas Salta se comunicó

telefónicamente con sus pares de la Sección “Cafayate” alertando un posible transporte de estupefacientes que podría ser llevado a cabo en un vehículo marca Fiat Grand Siena o en una Fiat Strada, por lo que personal de esta dependencia instaló un puesto de control sobre la ruta nacional 68 a la altura del kilómetro 5, al cual arribó el primero (conducido por E.G.C.) y luego de verificada la documentación, continuó su viaje.

Con posterioridad, se instaló un nuevo control en la intersección de esa carretera con la ruta provincial N°

44 en “La Punilla”, donde se detuvo la camioneta de V., en la que se encontraba R.E.A. (quien conducía) y su hija menor A.E.F, y mientras se realizaba el control físico del vehículo, el personal preventor observó que las tuercas y tornillos que ajustan el asiento trasero presentaban deformaciones, por lo que se profundizó el registro, advirtiendo que debajo de ese asiento y de la alfombra había una ranura anormal que no coincidía con el piso del rodado, con una tapa sujetada con tornillos nuevos que ocultaba un compartimiento, en donde yacía un paquete rectangular Fecha de firma: 08/05/2019 Firmado por: G.F.E. JUEZ DE CAMARA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA4 Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA #31005949#233816881#20190508093924836 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 23607/2017/CA1 color amarillo, y luego de preguntar a V. qué era eso, éste respondió que se trataba de estupefaciente.

Tras consulta con el juez a cargo de la investigación, se trasladó el vehículo a la Sección Cafayate, en donde se efectuó una requisa exhaustiva del vehículo, hallándose 33 paquetes rectangulares en un “doble fondo” debajo del asiento trasero y detrás de su respaldo, cuyo contenido arrojó resultado positivo para cocaína tras la prueba de campo, con un peso de 34 kilos con 520 gramos, quedando V. y A. detenidos (cfr.

acta de fs. 52/54, narcotest de fs. 57, acta de pesaje de fs. 58, croquis de fs. 59, anexo fotográfico de fs. 76 y vta. y pericia química de fs. 159/167).

5) Que, por esos hechos, la prevención solicitó se libre orden de allanamiento sobre el domicilio de V. (Pasaje Chanchorras N° 2052, habitación del primer piso) lo que así fue ordenado por el juez (fs. 46/48) secuestrándose de allí 5 teléfonos celulares, 3 “SIM cards” de distintas empresas, 3 tarjetas de crédito “Naranja Visa” y 3 “Naranja Oro”, 4 licencias de conducir de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, otra de la ciudad de Vaqueros, Salta, dos documentos de identidad, una chapa patente del dominio KZJ-947, un manojo de llaves y el título de propiedad de un automotor (fs. 83/95).

6) Que a fs. 97/99 y vta. al prestar declaración indagatoria H.L.V., señaló que es diabético desde los 40 años y que fue operado de un riñón por un tumor maligno, lo que le impide tener un trabajo fijo y que su labor Fecha de firma: 08/05/2019 Firmado por: G.F.E. JUEZ DE CAMARA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA 5 Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA #31005949#233816881#20190508093924836 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 23607/2017/CA1 (como vendedor ambulante de ropa) no le proporcionaba una buena situación económica.

Agregó que tiempo atrás conoció en un boliche a “C.”, a quien le comentó los males que padece, y que éste le respondió que si tenía vehículo podía darle una mano, por lo que días después se encontraron en la plaza “G.”, en donde le propuso trasladar droga hacia la ciudad de Santiago del Estero a cambio de U$s 5.000, por lo que le entregó su vehículo para que lo acondicione con la sustancia (sin saber en qué parte del auto ni su cantidad) y se la devolvió al día siguiente, comentándole que lo iba a llamar para salir de viaje, pues él iría en otro vehículo de “puntero”, acordando que la llevaría a su pareja -R.A.- para disimular, quien no sabía nada del traslado.

Relató que cuando estaba camino a Cerrillos, “C.” lo esperaba al costado de la ruta, y allí quedaron encontrarse en Cafayate, trayecto en el cual fue detenido.

7) Que a fs. 147/148 y vta. se resolvió la falta de mérito...

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