Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B, 4 de Mayo de 2017, expediente CPE 000468/2016/CA001

Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2017
EmisorCAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B

Poder Judicial de la Nación En la ciudad de Buenos Aires, a los días del mes de mayo de dos mil diecisiete, reunidos en acuerdo ordinario los señores Jueces de la Sala “B” de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico de Capital Federal, para considerar el recurso de apelación interpuesto por el señor representante del Ministerio Público Fiscal en los autos CPE 468/2016, caratulados “ALFA LAVAL S.A.; S.C.L.; I.J.Z.; DE P.L. SOBRE INFRACCIÓN LEY 24.144

(Causa Nº CPE 468/2016/CA1, Orden Nº 27.352 de esta Sala “B”), que tramita ante el Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº 3, Secretaría Nº 5, contra la sentencia del señor juez de primera instancia de fecha 11 de octubre de 2016, obrante a fs. 1587/1601, resolvieron plantear y votar la siguiente cuestión:

¿Se ajusta a derecho la sentencia recurrida?

Practicado el sorteo correspondiente, resultó que debe votarse en el orden siguiente: doctor R.E.H., doctor M.A.G. y doctora C.R..

A la cuestión planteada, el señor juez de cámara doctor R.E.H. expresó:

  1. Por la sentencia recurrida el señor juez a cargo del juzgado “a quo” resolvió: “…

    I) ABSOLVIENDO DE CULPA Y CARGO a ALFA LAVAL S.A. de los demás datos obrantes en estos autos, en orden a las infracciones al Régimen Penal Cambiario vinculadas con la falta de ingreso en los plazos establecidos de las divisas correspondientes a las operaciones de exportación detalladas por el cuadro obrante a fs. 1265/1267 por un monto total de u$s.167.255,94 y € 39.352,54 y con la falta de ingreso de los saldos correspondientes a las operaciones de exportación detalladas por el cuadro obrante a fs. 1270/1272 por un monto total de u$s 10.120,20 y € 336,20…

    II) ABSOLVIENDO DE CULPA Y CARGO a S.C.L. con los demás datos obrantes en estos autos, en orden a las infracciones al Régimen Penal Cambiario vinculadas con la falta de ingreso en los plazos establecidos de las divisas correspondientes a las operaciones de exportación detalladas por el cuadro obrante a fs. 1265/1267 por un monto total de u$s 167.255,94 y €

    39.352,54 y con la falta de ingreso de los saldos correspondientes a las operaciones de exportación detalladas por el cuadro obrante a fs. 1270/1272 por un monto total de u$s 10.120,20 y € 336,20…

    Fecha de firma: 04/05/2017 Alta en sistema: 11/05/2017 Firmado por: M.A.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: F.R., SECRETARIO DE CAMARA #28358949#177389193#20170428125605321

    III) ABSOLVIENDO DE CULPA Y CARGO a I.J.Z. con los demás datos obrantes en estos autos, en orden a las infracciones al Régimen Penal Cambiario vinculadas con la falta de ingreso en los plazos establecidos de las divisas correspondientes a las operaciones de exportación detalladas por el cuadro obrante a fs. 1265/1267 por un monto total de u$s 167.255,94 y €

    39.352,54 y con la falta de ingreso de los saldos correspondientes a las operaciones de exportación detalladas por el cuadro obrante a fs. 1270/1272 por un monto total de u$s 10.120,20 y € 336,20…

    IV) ABSOLVIENDO DE CULPA Y CARGO a P.L. con los demás datos obrantes en estos autos, en orden a las infracciones al Régimen Penal Cambiario vinculadas con la falta de ingreso en los plazos establecidos de las divisas correspondientes a las operaciones de exportación detalladas por el cuadro obrante a fs. 1265/1267 por un monto total de u$s.118.808,49 y €

    39.352,54 y con la falta de ingreso de los saldos correspondientes a las operaciones de exportación detalladas por el cuadro obrante a fs. 1270/1272 por un monto total de u$s 10.120,20 y € 336,20…

    V) SIN COSTAS…” (confr. fs. 1600/1601).

    Para resolver de esa manera, el juez consideró que en función de la normativa cambiaria vigente actualmente: “…por la verificación de la situación fáctica objeto de este sumario no se produjo una afectación al bien jurídico protegido por la ley 19.359…” (confr. fs. 1599, párrafo segundo).

  2. El pronunciamiento mencionado por el considerando precedente fue recurrido por vía de apelación por el señor representante del Ministerio Público Fiscal a fs. 1603/1607, habiéndose concedido el recurso a fs. 1609.

    Por el recurso de apelación interpuesto, el señor fiscal de la instancia previa se agravió de la sentencia absolutoria dictada por el juzgado “a quo”, por considerar que “…no se ajusta a derecho lo afirmado por la resolución recurrida respecto a que, según la reglamentación vigente, hechos como los imputados en autos no importan la afectación al bien jurídico protegido. De ahí, entonces, que tampoco pueda decirse que se trata de una ‘ley posterior más benigna’ que deba aplicarse retroactivamente…” (confr. fs. 1607, párrafo segundo).

    Fecha de firma: 04/05/2017 Alta en sistema: 11/05/2017 Firmado por: M.A.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: F.R., SECRETARIO DE CAMARA #28358949#177389193#20170428125605321 Poder Judicial de la Nación

  3. En la oportunidad prevista por el art. 519 del C.P.M.P., el señor fiscal general de cámara expresó agravios mediante el memorial agregado a fs.

    1621/1621 vta., por el cual remitió a los argumentos manifestados por el fiscal de grado anterior al momento de apelar la sentencia.

  4. Los hechos por los cuales se dictó la sentencia recurrida consisten en la falta de ingreso y de negociación, en el tiempo debido, del contravalor en divisas de las mercaderías exportadas por ALFA LAVAL S.A.

    mediante las destinaciones aduaneras que se detallan a continuación:

    1) destinación N° 02001 ECO1 059007 D, oficializada el 25/9/02, embarcada el 27/09/02, Posición Arancelaria N° 84 195 010, 2) destinación N° 03001 ECO1 004751 A, oficializada el 23/01/03, embarcada el 25/01/03, Posición Arancelaria N° 73 072 300, 3) destinación N° 03001 ECO1 017344 C, oficializada el 17/03/03, embarcada el 21/03/03, Posición Arancelaria N° 73 089 010, 4) destinación N° 03073 ECO1 011379 N, oficializada el 21/03/03, embarcada el 23/03/03, Posición Arancelaria N° 90 322 000, 5) destinación N° 03001 ECO1 028860 H, oficializada el 05/05/03, embarcada el 08/05/03, Posición Arancelaria N° 73 090 090, 6) destinación N° 03001 ECO1 042917 G, oficializada el 02/07/03, embarcada el 08/07/03, Posición Arancelaria N° 84 195 010, 7) destinación N° 03001 ECO1 062920 C, oficializada el 18/09/03, embarcada el 25/09/03, Posición Arancelaria N° 84 198 999, 8) destinación N° 03073 ECO6 000072 G, oficializada el 02/09/03, embarcada el 09/10/03, Posición Arancelaria N° 85 015 290, 9) destinación N° 03073 ECO1 048979 G, oficializada el 24/11/03, embarcada el 27/11/03, Posición Arancelaria N° 84 819 090, 10) destinación N° 04001 ECO1 002980 D, oficializada el 14/01/04, embarcada el 16/01/04, Posición Arancelaria N° 84 195 010, 11) destinación N° 04073 ECO3 000578 P, oficializada el 16/01/04, embarcada el 20/01/04, Posición Arancelaria N° 84 818 099, 12) destinación N° 04001 ECO1 012551 V, oficializada el 17/02/04, embarcada el 22/02/04, Posición Arancelaria N° 84 211 990, 13) destinación N° 04073 ECO1 011882 N, oficializada el 19/03/04, embarcada el 23/03/04, Posición Arancelaria N° 84 195 010, Fecha de firma: 04/05/2017 Alta en sistema: 11/05/2017 Firmado por: M.A.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: F.R., SECRETARIO DE CAMARA #28358949#177389193#20170428125605321 14) destinación N° 04073 ECO1 013216 G, oficializada el 29/03/04, embarcada el 31/03/04, Posición Arancelaria N° 84 199 039, 15) destinación N° 04001 ECO1 041739 X, oficializada el 27/05/04, embarcada el 03/06/04, Posición Arancelaria N° 82 060 000, 16) destinación N° 04001 ECO1 047946 Y, oficializada el 17/06/04, embarcada el 23/06/04, Posición Arancelaria N° 84 211 990, 17) destinación N° 04073 ECO1 029411 K, oficializada el 02/07/04, embarcada el 03/07/04, Posición Arancelaria N° 84 818 099, 18) destinación N° 04001 ECO1 069655 P, oficializada el 27/08/04, embarcada el 02/09/04, Posición Arancelaria N° 73 269 000, 19) destinación N° 04073 ECO1 057718 V, oficializada el 10/12/04, embarcada el 10/12/04, Posición Arancelaria N° 84 136 011, 20) destinación N° 05001 ECO1 003185 C, oficializada el 12/01/05, embarcada el 20/01/05, Posición Arancelaria N° 84 195 010, 21) destinación N° 05001 ECO1 028639 N, oficializada el 30/03/05, embarcada el 05/04/05, Posición Arancelaria N° 84 195 010, 22) destinación N° 05073 ECO1 058325 R, oficializada el 10/11/05, embarcada el 15/11/05, Posición Arancelaria N° 40 169 990, 23) destinación N° 05001 ECO1 079159 Z, oficializada el 22/08/05, embarcada el 29/08/05, Posición Arancelaria N° 84 195 010, 24) destinación N° 05001 ECO1 094992 S, oficializada el 05/10/05, embarcada el 08/10/05, Posición Arancelaria N° 84 821 010, 25) destinación N° 05001 ECO1 116382 G, oficializada el 29/11/05, embarcada el 02/12/05, Posición Arancelaria N° 73 064 000, 26) destinación N° 05001 ECO1 124688 Y, oficializada el 20/12/05, embarcada el 26/12/05, Posición Arancelaria N° 84 219 199, 27) destinación N° 06073 ECO1 013092 K, oficializada el 15/03/06, embarcada el 17/03/06, Posición Arancelaria N° 84 831 090, 28) destinación N° 06073 ECO1 013107 H, oficializada el 15/03/06, embarcada el 19/03/06, Posición Arancelaria N° 85 371 090, 29) destinación N° 06073 ECO1 014604 K, oficializada el 22/03/06, embarcada el 24/03/06, Posición Arancelaria N° 84 821 090, 30) destinación N° 06001 ECO1 046371 H, oficializada el 10/05/06, embarcada el 13/05/06, Posición Arancelaria N° 84 211 990, Fecha de firma: 04/05/2017 Alta en sistema: 11/05/2017 Firmado por: M.A.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: F.R., SECRETARIO DE CAMARA #28358949#177389193#20170428125605321 Poder Judicial de la Nación 31) destinación N° 07001 ECO1 133909 M, oficializada el 08/11/07, embarcada el 16/11/07, Posición Arancelaria N° 84 384 000, 32) destinación N° 07073 ECO1...

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