Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL, 24 de Noviembre de 2016, expediente FLP 026314/2015/CA001

Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III FLP 26314/2015/CA1 8206/III La Plata, 24 de noviembre de 2016.

AUTOS Y VISTOS: Este expediente FLP 26314/2015/CA1 “ACOSTA, CARLOS ANTONIO S/ FALSEDAD IDEOLÓGICA (DEFRAUDACIÓN CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA)”, procedente del Juzgado Federal de primera instancia de Quilmes, Secretaría N° 4, de esta ciudad; Y CONSIDERANDO QUE:

  1. El caso.

    Llega la causa a esta instancia para el tratamiento del recurso de apelación interpuesto por la defensa de C.A.A. (fs.

    90/95) contra la decisión de fs. 86/88 y vta., por la que el juez declaró su procesamiento como autor del delito de defraudación a la administración pública, en concurso ideal con el de inserción de datos falsos -en ciertas declaraciones juradas-

    todos en grado de tentativa (arts. 174 inc. 5, 293, 42 y 54 del C.P.) y le fijó un embargo por la suma de diez mil pesos ($10.000).

  2. La causa.

    1. Se inició el 2 de junio de 2015, con la denuncia efectuada por O.V.F. -en representación de la Administración Nacional de la Seguridad Social (A.N.Se.S)- ante la Unidad Fiscal de Investigaciones de la Seguridad Social (fs. 15).

    2. En esa presentación (fs. 12/14), relató que C.A.A. solicitó en la UDAI Avellaneda un beneficio jubilatorio mediante certificaciones de servicios en relación de dependencia -para las empresas ATLANSUR S.R.L., METANA S.R.L. y ACRILMAR por los períodos abarcados entre el 01/01/1984 al 30/09/1988; el 01/02/1989 al 30/05/1994 y el 01/08/1994 al Fecha de firma: 24/11/2016 Firmado por: C.A.N., Firmado por: ANTONIO PACILIO, Firmado(ante mi) por: M.A.M., SECRETARIA FEDERAL #27253627#167545128#20161124124613646 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III FLP 26314/2015/CA1 8206/III 31/12/1997- presumiblemente apócrifas, dado que se observó que los sellos certificantes y las fechas de certificación estaban fotocopiados.

      Indicó que se procedió a la verificación ambiental, en las sedes de los empleadores para corroborar la prestación real de los servicios invocados y la veracidad de la documentación presentada, y acompañó las actuaciones administrativas relativas a tal trámite.

    3. A fs. 16 el representante del Ministerio Público Fiscal inició la investigación preliminar (art. 26 de la ley 24.946) que concluyó

      con la denuncia penal de fs. 17/20.

    4. Radicada la causa en el juzgado, la fiscal formuló el requerimiento de instrucción por la presunta comisión de los delitos de defraudación contra la administración pública y falsedad ideológica de documentos públicos –en concurso ideal- (art. 174, inc. 5; 293, 42 y 54 del Código Penal), propuso distintas medidas de prueba y solicitó que se cite a C.A.A. a prestar declaración indagatoria (fs.

      23/25 y vta.)

    5. A raíz de ello se ofició: a) a la Cámara Nacional Electoral y al Registro Nacional de las Personas, para que informen el último domicilio registrado de los señores J.C.G. y V.S. (titulares de las firmas Metana S.R.L. y Atlansur S.R.L. respectivamente), con la...

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