Implementación de las herramientas tecnológicas de información y comunicación (TIC), como un desafío en la justicia boliviana: análisis de la ley 1173

AutorCristhian R. Barrios Varón
Páginas1-5
Barrios Varón, Implementación de las herramientas tecnológicas
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Implementación de las herramientas tecnológicas
de información y comunicación (TIC), como un desafío
en la justicia boliviana: análisis de la ley 1173*
Por Cristhian R. Barrios Varón
1. Introducción
Actualmente la administración de justicia en Bolivia se vio sumida en una pro-
funda crisis durante los últimos años, esto a raíz de diversos problemas de larga data,
tanto por las constantes modificaciones normativas y la marcada retardación de justi-
cia en la cual se encuentra inmersa, es así por la aplicación excesiva de la detención
preventiva, hacinamiento en las cárceles y en los puntos neurálgicos en los cuales se
basa la aplicación de la ley 1173 veremos a la suspensión recurrente de audiencias,
excesivo formalismo, procesos escriturados con numerosos legajos procesales, pese
a estar vigente un Código Procesal Penal regido por el principio de oralidad, inmedia-
ción, entre otros, que derivaron en la vulneración del derecho a una justicia plural,
pronta, oportuna y sin dilaciones, elementos consagrados en el art. 115 de la Consti-
tución Política del Estado.
Es por ello que se llegan a plantear objetivos claros para la mejora de la justicia
siendo que se pretende mejorar la gestión y el desempeño de las instituciones del
sistema judicial en un sentido amplio, ya sea del despacho judicial a nivel estructural,
como la organización de recursos humanos y materiales, como a su vez, respecto a
la forma en que se manejan los casos, como punto organizativo interno es así que la
implementación de las TICs puede tener por objeto generar o mejorar el vínculo exis-
tente entre el sistema judicial, y las diversas instituciones que lo componen y la ciuda-
danía, mejorando el nivel de acceso a la justicia.
Al hablar de vínculo existente en el sistema judicial nos lleva a referirnos a la
interoperabilidad como punto fuerte y eje de la comunicación de datos entre todo el
aparato judicial, entendiéndose por “interoperabilidad a la capacidad que tiene un pro-
ducto o un sistema, cuyas interfaces son totalmente conocidas, para funcionar con
otros productos o sistemas existentes o futuros y eso sin restricción de acceso o de
implementación”1, entendiendo esto como el intercambio de información entre dos o
más sistemas, a través de un conjunto de protocolos que serán utilizados para crear
e intercambiar información entre el órgano judicial, Ministerio Público y la Policía.
* Bibliografía recomendada.
1 Definición de interoperabilidad: http://interoperability-definition.info/es.

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