Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 21 de Febrero de 2013, expediente 5.186/2003

Fecha de Resolución21 de Febrero de 2013

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE TUCUMAN

5186/2003 A.I.E. C/ E. NAC. Y BBVA BCO.

F.S.A. – INCONSTITUCIONALIDAD. JUZGADO FEDERAL DE

TUCUMÁN N° 1.-

S.M. de Tucumán, 21 de febrero de 2013.-

Y VISTO: El recurso de apelación deducido a fs.

220 de autos; y CONSIDERANDO:

La sentencia de fecha 30 de junio de 2011, dictada a fs. 192/195 por el entonces señor J.F.S. de Tucumán, D.M.A.R., impuso en el punto II) de la resolutiva las costas del proceso a los codemandados vencidos.-

Contra dicho punto II) de la resolutiva, interpuso recurso de apelación el representante del Estado Nacional, y concedido que fuera el mismo (fs. 227), expresó agravios a fs.

233/235, los que fueron contestados por la contraparte en la presentación de fs. 239/240.-

Entrando a tratar el recurso, el Tribunal estima que la cuestión traída a debate, es similar a la que este Tribunal tuvo oportunidad de resolver in re “Cabbad, P. c/P.E.N.”, fallo de fecha 19/3/09, y más recientemente en la causa “Palermo, E.A. y otros c/E.N. y Banco Empresario de Tucumán Coop. Ltdo. s/Acción de Inconstitucionalidad y Medida Cautelar”, expte. 52.800, fallo de fecha 16/3/10.-

En efecto, como dijo esta Alzada en la causa “Cabbad”, fallo del 19/3/09, y a cuyos fundamentos nos remitimos, la 1

parte actora se vio precisada a demandar; por lo tanto, imponer las costas de la primera instancia por el orden causado, como pretende el recurrente, implicaría menoscabar el derecho de propiedad del accionante. Por ende, cabe confirmar lo resuelto...

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