Bonani Ricardo Ignacio C/ Dubini Monica Beatriz S/ Divorcio

Fecha de publicación16 Septiembre 2009
Fecha de disposición16 Septiembre 2009
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31738

Segundo: Disponer que el Servicio Penitenciario Federal verifique los motivos de acercamiento familiar a Formosa invocados por el condenado y proceda a remitirlo a una dependencia del Servicio Penitenciario Federal que favorezca a las visitas familiares y coadyuve a la resocialización, cumpliendo así con el fin de la pena.

Tercero: Fijando como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día veintidós de marzo del año dos mil trece, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio.

Cuarto: Ordenando la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.

Quinto: Remitir copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Félix Mamani Mollo, para su correspondiente notificación en ese lugar.

Sexto: Levantar la inhibición general de bienes de Félix Mamaní Mollo dispuesta a fs. 78/79 de autos.

Séptimo: Mandando que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. -- Rene Vicente Casas. -- Marta Liliana Snopek. -- Alberto Oscar Aragone. Ante mí: Efraín Ase, secretario.

e. 15/09/2009 Nº 76962/09 v. 28/09/2009 JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 88

SECRETARIA UNICA El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 88 a cargo de la Dra. Adriana Mónica Wagmaister, sito en Lavalle 1220, PB, cita y emplaza por el término de quince (15) días a la Sra.

Mónica Beatriz Dubini (DNI 14.466.909) a estar a derecho en los autos caratulados 'Bonani, Ricardo Ignacio c/Dubini, Mónica Beatriz s/divorcio (Expediente 8279/2008)', bajo apercibimiento de designar a la Sra. Defensora Pública Oficial para que la represente en el juicio. Publíquese por dos días.

Buenos Aires, 13 de agosto de 2009.

Myriam M. Cataldi, secretaria.

e. 15/09/2009 N° 77089/09 v. 16/09/2009 JUZGADOS NACIONALES EN LO COMERCIAL N° 2

El Juzgado Nacional de 1ra. Instancia en lo Comercial Nro. 2, a cargo de la Dr. Juan Roberto Garibotto, Secretaría Nro. 4, a cargo del Dr.

Héctor Luis Romero sito en Marcelo T. de Alvear Nº 1840, P.B., Capital Federal, comunica por 5 días que con fecha 19 de agosto de 2009, en los autos caratulados Chibel S.R.L./Quiebra,

Expte. Nº 095003, se resolvió decretar la quiebra de Chibel S.R.L., inscripta en la I.G.J con fecha 03 de agosto de 1995, bajo el número 5700 del Libro 103 (código 00290), de Sociedades de Responsabilidad Limitada, con C.U.I.T. Nº 3068.064.985-1, con domicilio denunciado en la calle Francisco Solano López Nº 3071, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, haciendo saber a este y a los terceros que dentro del quinto día deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean del fallido. Hágase saber asimismo la prohibición de realizar pagos al fallido, los que serán ineficaces. Se intima al fallido para que en el plazo de cinco días acompañe un estado detallado y valorado del activo y pasivo, con indicación precisa acerca de su composición, ubicación estado y gravámenes de los bienes y demás datos necesarios para conocer debidamente el patrimonio, como así también su clave de identificación tributaria.- Asimismo deberá entregar al síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, así como también constituir domicilio procesal en el radio del Tribunal, con apercibimiento de tenerlo constituido en los estrados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la Ley 24.522 en cuanto a su remisión a los arts. 11 inc.

2, 3, 4, y 5, y en su caso 1, 6, y 7 del mismo texto legal. Fijase hasta el día 23 de octubre de 2009 para que los acreedores por causa ó título anterior a la declaración de quiebra y sus garantes formulen al síndico el pedido de...

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