Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 11 de Septiembre de 2020, expediente FSA 013285/2017/CA002

Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I

IERIC c/ BARBARAN, SERGIO

DANIEL s/ EJECUCION FISCAL - VARIOS -

HONORARIOS

-EXPTE. N° FSA 13285/2017/CA2-

-JUZGADO FEDERAL DE SALTA N° 2-

ta, 11 de septiembre de 2020.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por la actora a fs. 58; y CONSIDERANDO:

  1. Que las presentes actuaciones ingresaron al Tribunal el 29/7/20, en virtud de la impugnación de referencia en contra de la resolución del 21/2/20 por la que el Juez de la instancia anterior fijó los honorarios profesionales del Dr. M.L. de la Merced por su actuación en el proceso en representación del demandado en la suma de $ 41.843,46 (pesos cuarenta y un mil ochocientos cuarenta y tres con 46/100) (fs. 57 y vta.).

    La recurrente se agravió de la cuantía de los honorarios regulados por considerarla elevada (fs. 58).

    A fs. 60/61 el Dr. M.L. de la Merced contestó el traslado conferido, solicitando que se declare desierto el recurso en virtud de que su contraria no expresó agravios de conformidad con lo previsto en el código adjetivo y reconocida jurisprudencia.

    Fecha de firma: 11/09/2020

    Firmado por: M.I.D.S., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.S.E., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: SANTIAGO FRENCH, JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I

  2. Que, ante todo, cuadra señalar que en virtud de lo previsto por el art. 244 del CPCCN resulta optativa la fundamentación del recurso en contra de un auto regulatorio (confr. este Tribunal -antes de su división en S.s-

    Figueroa, Sara Eulogia c/ ANSeS s/ amparo ley 16.986

    , sent. del 26/2/15;

    R., R.P. -por sí y en representación de sus hijos menores c/Estado Nacional-Ejército Argentino s/ ejecución de sentencia

    , sent. del 26/2/15, y esta S. I en “IERIC c/ Torres, D.J. s/ ejecuciones varias”, sent. del 7/11/17,

    entre otros,) por lo que deviene improcedente la pretensión del Dr. L. de la Merced de que se declare desierto el recurso (fs. 60/61), ya que la inclusión de la palabra “podrá” denota la facultad del apelante, y tratándose de una apelación deducida por la actora contra el monto de honorarios regulados al letrado de la demandada, resulta suficiente que se indique que se apelan por altos.

  3. Que sentado lo anterior, corresponde ingresar en el análisis de la cuestión traída a examen, por lo cual debe precisar que el 20/7/17 el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC) inició

    ejecución fiscal en contra de S.D.B. por la suma de $ 128.466

    en concepto de multa por infracciones a la ley 22.250 y sus normas complementarias y reglamentarias (certificado de deuda n° 020024) (cfr. fs.

    8/12).

    A fs. 13 el Magistrado tuvo por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR