Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA H, 10 de Diciembre de 2014, expediente CIV 026990/2012/CA003

Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2014
EmisorSALA H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H 26990/2012. ICONICOFF ROMAN FEDERICO c/ FERRAGUT DANIELA Y OTROS s/DESALOJO: OTRAS CAUSALES Buenos Aires, diciembre 10 de 2014.- Fs. 382 AUTOS Y VISTOS;

Y CONSIDERANDO:

Vienen estos autos a la Alzada para resolver el recurso de apelación interpuesto a fs. 346, concedido a fs. 347, contra la sentencia dictada a fs. 329/333.- El memorial obra agregado a fs.

353/360 y fue contestado a fs. 363/371.-

  1. Cuestiona la parte demanda la decisión de la juez de grado que hizo lugar a la demanda de desalojo que motivara la presenta causa.-

    Se advierte en la especie, que la expresión de agravios formulada por la apelante no alcanza a constituir una crítica concreta y razonada del decreto atacado. A criterio de este tribunal, el memorial no cumple la carga que el art. 265 del rito le impone pues no ha reprochado con adecuada eficiencia las razones fundantes de la sentencia de la a quo. En efecto, la interesada ha omitido exponer eficazmente su crítica respecto de los motivos sustanciales invocados por la magistrada de grado, limitándose sustancialmente a reiterar manifestaciones ya vertidas en la causa y a introducir cuestiones que exceden notoriamente el ámbito del recuso ya que no han sido objeto de esta litis.- Es que el eje de sus quejas se ha centrado en los allanamientos formulados por los codemandados V. y C. en el proceso conexo sobre nulidad de escritura, allanamientos estos cuyo alcance y virtualidad habrá de ser merituada oportunamente por la magistrada de grado en el proceso en el cual fueron efectuados.-

    En definitiva, el citado artículo 265 del Código Procesal impone, con la finalidad de mantener el debate en un plano intelectual antes que verbal, que la crítica dirigida a la resolución sea concreta, lo cual significa que el recurrente debe seleccionar del discurso del Fecha de firma: 10/12/2014 Firmado por: S.P., L.E.A.D.B., C.M.K., JUECES DE CÁMARA magistrado aquellos argumentos que constituyan...

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