Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 5 de Diciembre de 2016

Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2016
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita650/16
Número de CUIJ21 - 510618 - 1

IBORRA, J.P. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN AUTOS IBORRA, J.P. S/ AMENAZAS COACTIVAS CALIFICADAS, DAÃ'O CALIFICADO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO, HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO -APELACION MULTIPROPOSITO- (CUIJ N° 21-07006335-9)- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD Cita: 650/16 N.S.: Nº expediente: Año de causa: 0 Nº de tomo: 272 Pág. de inicio: 374 Pág. de fin: 377 Fecha del fallo: 05/12/2016 Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (Santa Fe) - Santa Fe Jueces D.A.E.M.A.G.R.F.G.M.L.N.E.G.S.T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > QUEJA T. >C.A.T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > REQUISITOS PROPIOS > CUESTION ABSTRACTA Tesauro > GRAVAMEN CONCRETO Y ACTUAL Tesauro > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > REQUISITOS COMUNES > GRAVAMEN > CONCRETO Y ACTUAL Tesauro > PROCESO PENAL > IMPUTADO > DETENCION Tesauro > PROCESO PENAL > IMPUTADO > PRISION PREVENTIVA CONSTITUCIONAL - PROCESAL - PENAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. QUEJA. CUESTION ABSTRACTA. REQUISITOS FORMALES. GRAVAMEN CONCRETO Y ACTUAL. PROCESO PENAL. IMPUTADO. DETENCION.

Texto del fallo Reg.: A y S t 272 p 374/377.

Santa Fe, 5 de diciembre del año 2.016.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa técnica de J.P.I., contra la resolución 1128, del 28 de diciembre de 2015, dictada por el Juez del Colegio de Cámara de Apelaciones en lo Penal de la Circunscripción Judicial N° 2 de Santa Fe, doctor A., en autos caratulados "IBORRA, J.P. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN AUTOS: 'IBORRA, JUAN PABLO S/ AMENAZAS COACTIVAS CALIFICADAS, DAÑO CALIFICADO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO, HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO -APELACIÓN MULTIPROPÓSITO-' (CUIJ N° 21-07006335-9)", (EXPTE. C.S.J. CUIJ N°: 21-00510618-1); y, CONSIDERANDO:

  1. Por decisión 1128, del 28 de diciembre de 2015, el Juez del Colegio de Cámara de Apelaciones en lo Penal de la Circunscripción Judicial N° 2 de Santa Fe, doctor A., confirmó lo resuelto por la Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Penal de Instrucción N° 2 de Rosario -quien, a su turno, había rechazado la solicitud de libertad efectuada por la defensa técnica del encartado en virtud de lo previsto en el artículo 208 del Código Procesal Penal- (fs. 1/5).

  2. Contra dicho pronunciamiento, la defensa del justiciable interpone recurso de inconstitucionalidad, invocando que éste resulta...

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