Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 29 de Septiembre de 2016, expediente CNT 034793/2013/CA001

Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V Expte. Nº CNT 34793/2013/CA1 SENTENCIA INTERLOCUTORIA 34198 AUTOS: “I.J.E. c/ PROVINCIA ART S.A. s/ ACCIDENTE –

LEY ESPECIAL” (JUZGADO Nº 2).

Buenos Aires, 29 de septiembre de 2.016.

VISTOS:

Los recursos de apelación interpuestos a fs. 288 por el perito médico (concedido a fs. 291) y a fs. 292/293 por el perito contador (concedido a fs.

296), contra las regulaciones de honorarios fijadas a favor de ellos en el acta homologatoria de fs. 275, ambos por bajos.

Y CONSIDERANDO:

1) Respecto a los honorarios regulados al perito contador, si bien el art. 3°, inc. b) del dec-ley 16638/57 dispone: “Se considerará monto del juicio la cantidad fijada por la sentencia o en la transacción. Cuando no alcance al setenta y cinco por ciento (75%) del valor reclamado en la demanda o reconvención, o una u otra sean rechazadas, el juez, en ejercicio de las facultades conferidas por el apartado g) de este mismo artículo, podrá fijar los honorarios del perito en función de un por ciento mayor al que corresponda según la cantidad establecida por la sentencia”.

Cabe sostener como principio que los arts. 3, a), b) y g) del dec.-ley 16.638/57 y 13 de la ley 24.432, configuran un bloque normativo con determinación de pautas para fijar los honorarios que debe ser analizado y ponderado en conjunto al momento de efectuar las pertinentes regulaciones. La escala dispuesta en el art. 3°, inc.

  1. configura una pauta general, una directriz, que permite verificar en cada caso concreto el grado de razonabilidad del resultado de la regulación.

Teniendo en cuenta los criterios expuestos, así como también el monto reclamado ($ 120.900,60 –fs. 19), el monto del acuerdo ($ 12.500 –fs. 273) y la calidad de las tareas realizadas por el perito contador (fs. 60vta., 130, 164/171, 222/226, 235, 257), el Tribunal considera que los honorarios...

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