Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 27 de Marzo de 2017, expediente CNT 048853/2013/CA001

Fecha de Resolución27 de Marzo de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 48853/2013 - IANIERO A.R. c/ EXPERTA ASEGURADORA DEL RIESGO DEL TRABAJO S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL Buenos Aires, 27 de marzo de 2017.

se procede a votar en el siguiente orden:

El Dr. R.C.P. dijo:

  1. La sentencia de primera instancia de fs. 196/7 que rechazó la demanda en todas sus partes, ha sido apelada por la parte actora, a mérito del recurso que luce agregado a fs. 198/200. Dicho recurso mereció réplica de la contraria, a fs. 206/7. La perito médica cuestiona sus honorarios por considerarlos reducidos (v. fs. 202).

  2. El recurso de apelación interpuesto por la parte actora, de prosperar mi opinión, no ha de obtener favorable recepción.

    Ello es así pues los elementos aportados en el recurso se observan ineficaces a los fines de desvirtuar las conclusiones determinadas en origen por la Sra. juez de la instancia anterior en lo que concierne al análisis de las probanzas rendidas en la causa, especialmente del informe médico y de la impugnación planteada por la parte actora a dicha pericia.

    Digo ello por cuanto, como señaló

    acertadamente la Sra. Jueza de origen a fs. 197, 1º

    párrafo, a fs. 168/73 (v. especialmente fs. 173, 1º

    párrafo), la perito médica designada en autos concluyó

    en su informe que “ … De acuerdo a los antecedentes que figuran en autos, la anamnesis de los síntomas, la exploración de los signos clínicos y analíticos, las interconsultas y los estudios complementarios realizados, estimo que el actor a raíz del siniestro denunciado sufrió un traumatismo de dedo pulgar derecho, que fue tratado por la aseguradora que le brindó las prestaciones médicas y kinésica, evolucionó

    favorablemente, no dejando limitación funcional ni Fecha de firma: 27/03/2017 Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA - SALA IX #19992310#174827536#20170327151640604 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX secuela indemnizable. Atento a lo expuesto esta perito informa que no corresponde fijar incapacidad indemnizable”.

    Define la suerte adversa del recurso lo dictaminado por la profesional de la salud a fs. 181 y vta. donde informó que realizado el examen físico del actor en su miembro superior hábil derecho presenta fuerza y tono muscular conservado, realiza movimientos de puño y pinza completos y al examen del dedo pulgar derecho no presenta limitación funcional, ello sumado...

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