I.Z. S. c/ I., A. A. s/DIVISION DE CONDOMINIO

Número de expedienteCIV 012074/2016/CA001 - CA002
Fecha23 Junio 2020
Número de registro260822268

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA K

I., Z.S.c.I., A. A. s/DIVISION DE CONDOMINIO

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los días 23 del mes de junio del año 2020, hallándose reunidos los Señores Vocales de la Sala K de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal, a fin de entender en el recurso de apelación interpuesto por la parte actora en los autos caratulados: “I., Z.S.c.I., A. s/ división de condominio”, habiendo acordado seguir en la deliberación y voto el orden del sorteo de estudio el Dr. O.O.Á. dijo:

I- Llegan las presentes actuaciones a este Tribunal con motivo del recurso de apelación interpuesto por la parte actora y glosado a fs.308

contra la sentencia de primera instancia obrante a fs. 299/306.

Oportunamente, a fs. 315 y vta., se fundó dicho recurso, cuyo traslado no recibiera réplica y a fs. 319 se llamó autos para sentencia.

II- Los antecedentes del caso.

La señora Z. S.

  1. demandó la división de condominio, fijación y cobro de valor locativo contra A.A.I., respecto del inmueble ubicado en la calle Santa Catalina …., esquina Erezcano …… de esta ciudad (fs.

    14/17).

    Peticionó que se condene al demandado a abonar el 50% del valor del predio desde la notificación de la demanda (21.10.14) promovida en los autos “I., Z.S.c.I., A. s/ división de condominio” (Expte. ….), que concluyeron por caducidad de la instancia y por todo el tiempo que el demandado se mantuviera en el uso y goce de la propiedad.

    Afirmó que su calidad de condómino de la referenciada finca fue adquirida, junto con su hermano, mediante la donación que le hicieran sus padres en el año 1987.

    Por otro lado, señaló que, desde la notificación de la demanda, el señor

  2. asumió y se mantuvo en una actitud de continua negativa a los pedidos de división o de integración del inmueble que le es propio por herencia.

    Fecha de firma: 23/06/2020

    Alta en sistema: 26/06/2020

    Firmado por: JULIO M.A.R.V., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: O.O.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: S.P.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: O.J.A., JUEZ DE CAMARA

    En tal sentido, refirió que no solo promovió las actuaciones “ut supra” referenciadas, sino que -también y con fecha 03.11.2015- le remitió al accionado carta documento, iniciando conversaciones y gestiones judiciales en los autos nominados “

    I.M. y otros s/ sucesión ab-

    intestato” (Expte. ..), pero que las mismas fracasaron.

    Por todo lo expuesto, peticionó que se haga lugar a la demanda promovida, con costas.

    Posteriormente, se presentó en autos -a fs. 54/59- A.A.I.

    respondiendo el emplazamiento cursado, negando todos los hechos expuestos en el mismo y la autenticidad de la documenta que, en ese devenir se, acompañara.

    Por otro lado, reconoció la donación de la propiedad alegada por la parte actora y afirmó que hace más de 20 años que administra la misma y solventa los gastos que la misma genera. Además, señaló que -en el mentado solar- desarrolla la actividad de transportista de volquetes y de sustancias peligrosas.

    Asimismo, y de igual modo, indicó que su padre donó -a ambos hijos- el 50% del inmueble sito en la calle Matanza …. de esta ciudad, en el cual habita la accionante.

    Por lo expuesto, manifestó que no se opone a la división de condominio intentada si la señora

  3. accede, por su parte, a la partición de ambas propiedades.

    Concomitantemente con lo predicho, plantea la reconvención...

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