Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala J, 2 de Octubre de 2019, expediente CIV 092055/2017/CA001

Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2019
EmisorCamara Civil - Sala J

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J Expte.N° 92.055/2017 “I V, M E Y OTRO c/ F A, L D s/ALIMENTOS” Juzgado N°26 Buenos Aires, 2 de Octubre de 2019.-GM VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I.-Vienen las presentes actuaciones a conocimiento de la Sala con motivo de la apelación en subsidio interpuesta por el Dr.Freijo contra el segundo párrafo de la providencia dictada a fs.149 por la cual se desestimó la oposición formulada en el escrito de fs.148 en cuanto al levantamiento de las medidas que pesan sobre el accionado.

Su recurso quedó fundamentado mediante la presentación de fs.150/151.

  1. Pues bien, toda vez que de conformidad con lo dispuesto por la ley LEY N° 269 de la C.A.B.A., el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as fue creado en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al solo efecto de llevar un listado de todos/as aquellos/as que adeuden total o parcialmente tres cuotas alimentarias consecutivas o cinco alternadas, ya sean alimentos provisorios o definitivos fijados u homologados por sentencia firme, como así también de expedir certificados ante requerimiento simple de persona física o jurídica, pública o privada, en forma gratuita, lo dispuesto en la instancia de grado habrá de mantenerse por...

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