I.S.E. INVESTIGACIONES SEGURIDAD EMPRESARIA S.A.

Fecha de disposición18 Septiembre 2018
Fecha de publicación18 Septiembre 2018

TRIBUNAL DE TRABAJO NRO. 1

DEPARTAMENTO JUDICIAL DE SAN ISIDRO

EDICTO El Tribunal del Trabajo Nro. 1, a Cargo del Dr. Diego Javier Tula, Secretaría Única a cargo de la Dra. Blanca Ofelia Sosa, sito en Ituzaingo Nro. 340, P° 7; localidad San Isidro, del Departamento Judicial de San Isidro en el expediente "ZARZA, ELBA BEATRIZ C/ ZARA ARGENTINA S.A: Y OTROS S/ DESPIDO, Expte. N° 44558", notifica a la codemandada ISE INVESTIGACIONES SEGURIDAD EMPRESARIA S.A. la sentencia, liquidación y regulación de honorarios de fs. 904/918. A cuyo fin, deberá publicar nuevamente los edictos ordenados a fs. 970, en el Boletín Oficial de la República Argentina, por el término de 3 días.- JPM. Fdo. DIEGO JAVIER TULA.- PRESIDENTE.- En la ciudad de San Isidro a los 20 días del mes de ABRIL del año 2017 se reúnen los jueces para dictar sentencia en los autos caratulados "ZARZA, ELBA BEATRIZ C/ ZARA ARGENTINA S.A. Y OTROS S/ DESPIDO"; expediente N° 44558 ... POR ELLO EL TRIBUNAL FALLA: 1°) Rechazar en todas sus partes la demanda promovida por ELBA BEATRIZ ZARZA contra SERVICIOS ARGENTINOS DE SEGURIDAD EMPRESARIA S.A. (SASE) y contra ACYR S.A. (art. 726 CCCN), con costas a la parte actora (art. 19 de la ley 11.653; 20 L.C.T. y 1° de la ley 12.200), regulando los honorarios de los Sres. Profesionales intervinientes de la siguiente manera: representación letrada de la parte actora 15%; representación letrada de cada una de las codemandadas SERVICIOS ARGENTINOS DE SEGURIDAD EMPRESARIA S.A. y ACYR S.A. 20%; perito contadora Droa Elena Bulbi en la suma de pesos CUATRO MIL ($ 4.000) con más los porcentajes de ley correspondientes. 2°) Hacer lugar parcialmente a la demanda promovida por ELBA BEATRIZ ZARA contra ZARA ARGENTINA S.A. y contra INVESTIGACIONES SEGURIDAD EMPRESARIA S.A (I.S.E.), condenando a ambas demandadas en forma solidaria a abonar a la actora la suma de pesos VEINTISEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($ 26.557) por los conceptos detallados al tratar la primera cuestión de esta sentencia. 3°) Aplicar intereses sobre el capital de condena desde que cada crédito se hizo exigible a la TASA PASIVA B.I.P. (Banca BlP) del Banco de la Provincia de Buenos Aires que aplica en sus operaciones de depósitos a treinta días (identificada en la página de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires -www.scba.gov.ar- como "Tasa Pasiva - Plazo fijo digital a 30 días-. Esto ha sido ratificado por la SCBA en autos "Zocaro, Tomas Alberto c/ Provincia ART y...

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