Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 6 de Febrero de 2020, expediente CNT 001237/2018/CA001

Fecha de Resolución 6 de Febrero de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA

X

SENT.INT. Nº: EXPTE. Nº: 1237/2018/CA1 (51159)

JUZGADO Nº: 9 SALA X

AUTOS: “I.E.R.I.C. INSTITUTO DE ESTADISTICA Y REGISTRO DE LA

INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION C/ CONSTRUCTORA NANO S.A. S/

EJECUCION FISCAL”

Buenos Aires, 06/02/20

VISTO:

El recurso de apelación deducido a fs. 53.

Y CONSIDERANDO:

Que en atención al mérito, extensión de las tareas realizadas y las pautas arancelarias vigentes, los honorarios regulados a favor de la representación letrada de la parte actora por sus trabajos de ejecución resultan bajos por lo que cabe elevarlos al 8% del monto ejecutado, comprensivo al capital más intereses Por todo ello, el Tribunal

RESUELVE:

1) Elevar los honorarios regulados a favor de la representación letrada de la parte actora por sus trabajos de ejecución al 8% del monto ejecutado, comprensivo al capital más intereses; 2) Cópiese, regístrese,

notifíquese, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013 y devuélvase.

ANTE MI:

Fecha de...

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