Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii, 5 de Noviembre de 2018, expediente CNT 083789/2016/CA001

Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO.: 78 244 EXPEDIENTE NRO.: 83789/2016 AUTOS: HUERTAS RUIZ, C.A. c/ DE LLANO Y CORTAJARENA, R. Y OTRO s/DESPIDO Buenos Aires, 5 de Noviembre del 2018 VISTO

Y CONSIDERANDO:

A fs. 80 luce el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes por la suma de $ 100.000. A su vez, se regularon los honorarios del perito contador en la suma de $ 2.000, a cargo de la parte demandada.

La demandada cuestionó los honorarios regulados a favor del perito, por considerarlos elevados Delimitada de tal modo la cuestión sometida a consideración del Tribunal, cabe señalar que, en atención a que el litigio concluyó con el mencionado acuerdo conciliatorio, su monto, la calidad, mérito y extensión de los trabajos desarrollados por el perito contador, habida cuenta que no ha logrado concretar la elaboración del dictamen pericial, así como lo normado por el art. 38 de la L.O.

(actualmente contempladas en sentido análogo en el art. 16 y ccs. de la ley 27.423) y el art 3 del...

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