HUANG, FUZHU s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
Número de expediente | CCF 000642/2016/CA003 |
Fecha | 07 Junio 2022 |
Número de registro | 869 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A
AUTOS: “HUANG, FUZHU s/SOLICITUD DE CARTA DE
CIUDADANIA”
En la Ciudad de Córdoba a 7
días del mes de junio del año dos mil veintidós, reunida en Acuerdo la Sala “A” de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados: “HUANG, FUZHU s/SOLICITUD DE CARTA DE
CIUDADANIA” (Expte. N° FCB 642/2016/CA3), venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación articulado por la parte actora en contra del proveído de fecha 8 de febrero de 2022 dictado por el señor Juez Federal N° 2 de Córdoba.
Puestos los autos a resolución de la Sala los señores Jueces emiten sus votos en el siguiente orden: IGNACIO MARIA
VELEZ FUNES -EDUARDO AVALOS – GRACIELA S. MONTES
I.-
El señor Juez de Cámara, doctor I.M.V.F., dijo:
-
Arriban los presentes obrados a esta Alzada, en virtud del recurso de apelación articulado por la parte actora en contra del proveído de fecha 8 de febrero de 2022 dictado por el señor Juez Federal N° 2 de Córdoba, en cuanto dispuso, en la parte que aquí
nos compete, “I) Atento las constancias de autos, de donde se desprende que ha quedado firme la Disposición Nro. 251855, de fecha 23.12.2006 ,
que declaró irregular la permanencia en el país de la peticionante,
ordenado su expulsión del territorio, con prohibición de reingreso por el plazo de cinco años , y que por otro lado, no se ha acreditado que dicha situación legal haya variado, corresponde dejar sin efecto la suspensión del trámite de la causa, y disponer el rechazo de la solicitud de la carta de ciudadanía iniciada, disponiendo el archivo de la causa una vez que concluyan todas las cuestiones que aún restan concluir ligadas al ejercicio de la profesión del letrado asistente que fueron ordenadas por el Superior. Por lo tanto, a lo solicitado en el escrito de Fecha de firma: 07/06/2022
Alta en sistema: 09/06/2022
Firmado por: M.V., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: E.D.A., PRESIDENTE
Firmado por: I.M.V.F., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: G.M., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A
AUTOS: “HUANG, FUZHU s/SOLICITUD DE CARTA DE
CIUDADANIA”
fecha 29.12.2021, estese a lo ordenado anteriormente, sin perjuicio de señalar nuevamente que éste no resulta comprensible, y ha prescindido,
una vez más, de las distintas advertencias sancionadas con multa, como llamados de atención, y continúan provocando dilación en el desarrollo de la actividad jurisdiccional. II) Habida cuenta que el letrado C.D.R.P. no ha cumplimentado con el pago de las multas impuestas por la Excma. Cámara Federal de Córdoba – S.A., de fecha 06 de Septiembre de 2019 y del 29 de Septiembre de 2020 -, corresponde actualizarlas del modo dispuesto en el proveído respectivo, es decir, con la tasa pasiva promedio que mensualmente publica el BCRA. Así,
efectuada la actualización sobre el importe de $ 14.421,55, se arriba a un interés de pesos $ 3.288,11 – desde el 26.6.2021 al 03.02.2022-, por cada una de éstas, lo que sumado al capital arroja la suma total de $
17.709,66 por cada una de las multas al día 03.0 del corriente año. Por lo tanto, emplácese nuevamente al nombrado profesional para que en el término de cinco (5) días proceda al pago de ambas multas actualizadas cada una en la suma de $ 17.709,66, bajo apercibimiento de continuar con la aplicación del interés fijado si vencido el plazo no se acredita su pago. En su caso, el depósito deberá ser concretado en la cuenta Nro.
9904737902, CBU 0110213250099047379023 del Banco de la Nación Argentina e informado al Tribunal. III) Por último, líbrese nuevo DEOX
al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal a los fines de que informe si existen novedades respecto a la situación comunicada anteriormente por este Tribunal por idéntica vía con fecha 23.07.2020 y 17.05.2021. N. por cédula electrónica a cargo del Tribunal.”
FDO.: A.S.F. – JUEZ FEDERAL (fs. 926
del Sistema Lex100).
Fecha de firma: 07/06/2022
Alta en sistema: 09/06/2022
Firmado por: M.V., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: E.D.A., PRESIDENTE
Firmado por: I.M.V.F., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: G.M., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A
AUTOS: “HUANG, FUZHU s/SOLICITUD DE CARTA DE
CIUDADANIA”
-
Previo a ingresar al análisis de la apelación articulada, es dable señalar, que el escrito de referencia presentado por el letrado apoderado de la parte actora titulado como:
Interpone remedio de apelación- Sr. Juez de una monarquía/dictadura
se limita a expresar meras disconformidades con la decisión adoptada por el Juez de Primera Instancia, en un extenso escrito donde se evidencia cierta desprolijidad predominando la actividad de copiar y pegar abundante jurisprudencia, doctrina y legislación,
resultando algunos pasajes poco claros y en ciertas ocasiones ofensivos y agraviantes respecto de los funcionarios y magistrados intervinientes asociándolos con el régimen nacionalsocialista que imperó en Alemania durante la Segunda Guerra...
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