ALFA HOTEL S.R.L.

Fecha de la disposición 2 de Octubre de 2013

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º — Incorpórase como inciso c) del artículo 76 de la Ley para el Personal de la Policía Federal Argentina 21.965 y sus modificatorias, el siguiente: c) “Título”: tendrá derecho a percibirlo todo el personal con estado policial, cualquiera sea su condición de ingreso. Su monto variará de acuerdo al plan de carrera en que el personal se hubiere graduado: 1. Título universitario o de estudios superiores que demanden cinco (5) o más años de estudios del tercer nivel, veinticinco por ciento (25%) del sueldo básico. 2. Título universitario o de estudios superiores que demanden cuatro (4) años de estudios del tercer nivel, quince por ciento (15%) del sueldo básico. 3. Título universitario o de estudios superiores que demanden...

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