Horas suplementarias del trabajador de edificios

AutorLuis A.Montenegro
CargoAbogado
Horas suplementarias otorgadas al trabajador de edificios sujetos a propiedad horizontal y la naturaleza jurídica de las mismas

Deber del empleador de mantener la percepción salarial ante la posible limitación de horas extraordinarias otorgadas con habitualidad.”

XVI CONGRESO NACIONAL DEL EQUIPO FEDERAL DEL TRABAJO EL DERECHO LABORAL Y SU CONTRIBUCIÓN PARA LA CONTRUCCIÓN DE UNA SOCIEDAD DEMOCRÁTICA

PONENCIA PARA EL TEMA “I.- REGIMEN LEGAL DE LA RELACIÓN LABORAL” TEMA I “EN LAS RELACIONES INTERINDIVIDUALES B) DERECHOS Y DEBERES DE LOS TRABAJADORES: JORNADA, REMUNERACIÓN. EL ORDEN PÚBLICO. PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS DECISIONES. ART. 14 BIS CN.” 13 al 15 de agosto de 2009

I - Introito

“La justicia debe resultar accesible para todos, especialmente para los menos afortunados económicamente”

Roger Perrot

En la realidad contemporánea laboral argentina, se presentan innumerables y dispares situaciones como relaciones interpersonales, categorías y convenciones colectivas laborales existen. Asimismo, la todavía perjudicial ofensiva neoliberal de los años ’90, cuyos efectos llegan hasta nuestros días, llevaron a los trabajadores a aceptar condiciones de prestación de tareas que llevan – sobretodo – a la vulneración de la principal conquista de principios del siglo XX, la limitación de la jornada laboral. Indudablemente, materias tan trastocadas por esos enervantes tiempos, como el derecho laboral, con lo que significó la precarización de los derechos del trabajador (tal como lo exponía el recordado maestro catedrático de la materia Derecho Laboral de la Facultad de Derecho de Mar del Plata, Dr. Alfredo Dario Mercere), han proyectado sus consecuencias disvaliosas, creando en algunos casos verdaderas anomias normativas, derivadas de declaraciones jurisprudenciales de insconstitucionalidad, sentencias que reemplazan la norma infraconstitucional, entre otros.

Sin embargo, algunas prestaciones de tareas particulares, llevaron a los trabajadores que las desarrollaban desde su fuerza creadora, a aprovechar aquella situación disvaliosa en el devenir de la actividad, obteniendo mayores condiciones salariales por la disposición al empleador de su fuerza de trabajo.

Tal el caso de los empleados – en especial, encargados – de edificios sujetos al régimen de propiedad horizontal, cuya especialidad en la prestación de tareas en torno al Estatuto de Encargados de Casas de Rentas y Horizontal Ley 12.981, les conlleva inclusive como deberes la de pernoctar en la vivienda de portería y encontrarse a disposición en casos de emergencia en las horas de descanso.

Así el estado de cosas, les fueron otorgadas tareas en horarios de descanso semanal – autorizadas por la legislación vigente – bajo la figura de horas suplementarios o extraordinarias que, llegado el momento de realizar ajustes en los gastos ordinarios y extrarodinarios en la contribución de las expensas comunes, el Consorcio empleador procuró reducirlas o suprimirlas.

En el presente trabajo, se analizará esta situación particular desde el punto de vista normativo y fáctico, analizando las naturaleza jurídica de las horas dispensadas al trabajador bajo la forma de suplementarias, pero con permanencia en el tiempo y habitualidad, sin la concurrencia de situaciones de emergencia para su prestación, a cambio de su remuneración en la forma también prevista para la contraprestación en el descanso semanal entre las 13 horas del día sábado a las 00 horas del domingo.

II - Desarrollo

“El recuerdo de mi bisabuelo que luchaba por su ideal socialista, suena en los ecos de mi alma, compartiendo su...

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