Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 3 de Diciembre de 2018

Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 2018
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita791/18
Número de CUIJ21 - 512072 - 9

Reg.: A y S t 287 p 132/136.

Santa Fe, 3 de diciembre del año 2018.

VISTOS: los autos "HILBE, O.A. contra COMUNA DE NELSON -Cobro de pesos - Rubros laborales- (CUIJ 21-04621270-0) sobre AVOCACIÓN" (Expte. C.S.J. CUIJ: 21-00512072-9); y,

CONSIDERANDO:

I.1. La demandada solicita que este Tribunal se avoque al conocimiento de los autos "H., O.A. c/ Comuna de N. s/ Cobro de pesos - Rubros laborales (Expte CUIJ 21-04621270-0) que tramitan actualmente ante la Cámara de Apelación en lo Laboral, S.I. de ésta ciudad de Santa Fe (fs.2/7). Funda su pedido en los términos del artículo 2? -última parte de la Ley N? 11330.

Afirma, que el actor interpuso formal demanda laboral pretendiendo que se le abonen determinados rubros de esa naturaleza, a saber: diferencias laborales; indemnización sustitutiva de preaviso; indemnización por despido indirecto; integrativo de mes de mayo de 2012; S.A.C. adeudados; vacaciones no otorgadas por todo el período; horas extras; indemnización Ley 24013 y todo otro rubro pendiente de pago por todo el período trabajado.

Sostiene, que su parte contestó la demanda y planteó la incompetencia del fuero laboral para intervenir en la presente causa en razón de la materia en debate, ya que la misma pertenece al ámbito de lo contencioso administrativo y, en consecuencia, el órgano jurisdiccional con competencia para intervenir es la Cámara de lo Contencioso Administrativo en forma exclusiva e improrrogable.

A los efectos de fundar dicho planteo de incompetencia, señaló que la Ley N? 20744 no es aplicable a las personas que presten servicios para la Administración Pública, cualquiera sean las tareas que se les encarguen, rigiendo la relación de los agentes de la Administración Comunal de la Provincia de Santa Fe, sean personal permanente o no, la Ley N? 9286. Agregó, en consecuencia, que desentrañar el alcance de la supuesta relación invocada por el actor implica evaluar la existencia o no de un vínculo de empleo público, lo que corresponde a la Cámara de lo Contencioso Administrativo N? 1.

Dicho planteo, continúa diciendo, fue rechazado mediante sentencia del 15.12.2016, donde el J. en lo Laboral de la Segunda Nominación hizo lugar parcialmente a la demanda condenando a la Comuna a pagar al actor la suma por los rubros acogidos. D.ón que fue recurrida mediante recurso de apelación, aún no resuelto.

En definitiva, requiere que previo los trámites de rigor, se disponga la incompetencia del fuero laboral actuante, con costas.

  1. El señor Procurador General, en contestación a la vista corrida a foja 13, solicita se requiera ad effectum videndi de la Sala Primera de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Santa Fe los autos principales (f.14)...

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