Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 28 de Febrero de 2019, expediente CAF 075008/2018/CA001

Fecha de Resolución28 de Febrero de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 75008/2018 HESAYNE, E.L. c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO Expte. N° 75008/2018/CA1 “H.E.L. c/ Dirección General Impositiva s/ recurso directo de organismo externo”

Buenos Aires, de febrero de 2019.-

VISTO y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, a fs. 188/189, y en cuanto aquí interesa, el Tribunal Fiscal de la Nación tuvo a la actora por desistida de la acción y del derecho, con costas.

    Asimismo, señaló que el allanamiento a la pretensión fiscal es un requisito sine qua non para el acogimiento del contribuyente a los beneficios previstos en la ley 27.260. Al respecto, sostuvo que la condonación de la multa y de los intereses allí prevista será procedente una vez que el organismo fiscal constate el cumplimiento de los restantes requisitos y condiciones previstas en la normativa aplicable.

  2. ) Que, contra dicho pronunciamiento, la actora dedujo y fundó

    recurso de apelación (fs. 194/202), contestado por su contraria a fs. 221/230.

    Sostiene que, pese a haber cumplido todos los extremos requeridos por la ley 27.260 para proceder a la condonación de la multa y de una porción de los intereses resarcitorios devengados respecto de la obligación principal objeto de autos, y sin mediar oposición expresa de la contraria, el a quo desconoció el remedio legal creado por la mencionada norma, omitiendo expedirse respecto a la condonación de los accesorios.

    Solicita que se modifique la imposición de costas, toda vez que la condonación de los accesorios de la obligación principal y de las multas aplicadas, excluye dichos conceptos del objeto litigioso. Dicha circunstancia, según su entender, impide identificar una parte vencida en el juicio y justifica que las costas sean en el orden causado.

    A fs. 204/206 apeló los honorarios regulados a los letrados del Fisco por altos, recurso replicado a fs. 213/19.

  3. ) Que, a fs. 241/2 y fs. 244 y vta., en contestación a la medida para mejor proveer de fs. 238 tanto el Fisco como la actora informaron que no se Fecha de firma: 28/02/2019 Alta en sistema: 01/03/2019 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA #32807933#228071564#20190227132323933 encontraba alcanzada por ninguna de las exclusiones previstas en el art. 84 inc. e, de la ley 27.260.

  4. ) Que, el artículo 55 de la ley 27.260 establece “para los sujetos que se acojan al régimen de regularización excepcional previsto en este Título y...

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