Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 5 de Abril de 2019, expediente CNT 060447/2014/CA001

Fecha de Resolución 5 de Abril de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 60447/2014 - HERRERA, J.E. c/ BURGARELLIS, MARIO MANUEL Y OTRO s/DESPIDO Buenos Aires, 05 de abril de 2019.

se procede a votar en el siguiente orden:

El Dr.Roberto C.Pompa dijo:

I- Contra la sentencia dictada en la anterior instancia que hizo lugar al reclamo, recurre la codemandada DOXA CONSTRUCCIONES S.R.L., según escrito de fs. 169/161, respondido por la parte actora a fs.

163/164.

La perito contadora apela la regulación de sus honorarios por reducidos a fs. 157.

II- Cuestiona la apelante la decisión del Sr. Juez “a quo” de condenar el pago de horas extras; en particular, la prueba testimonial, la aplicación de la presunción prevista en el art. 55 de la L.C.T., el monto de condena y la distribución de las costas.

Estimo que no le asiste razón en su planteo.

Ello es así por cuanto, a mi modo de ver, la ponderación de la testimonial de A. (fs. 106) que se llevó a cabo en el decisorio de grado –no impugnado ni cuestionado oportunamente- ha sido correctamente realizada conforme los lineamientos impuestos por la sana crítica (cfr. arts. 90 de la L.O. y 386 y 456 del C.P.C.C.N.) y en términos que comparto. En efecto, coincido con el criterio del Sr. magistrado de grado anterior en cuanto a la suficiencia de la prueba testifical aportada a la causa por el demandante para acreditar la realización de trabajo en exceso de la jornada legal; revistiendo sus dichos plena fuerza probatoria y valor convictivo suficiente en este aspecto, por haber sido compañero de trabajo del actor.

Desde esta perspectiva estimo que los embates de la apelante en orden a la ponderación de dicha prueba testifical, se revelan ineficaces e insuficiente para Fecha de firma: 05/04/2019 Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA - SALA IX #24255744#231225203#20190405103951792 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX quitar valor convictivo a tal declaración (art. 116 L.O.).

La accionada insiste en la conclusión contraria, pero su planteo no logra revertir el panorama adverso que surge de la sentencia apelada, dado que los cuestionamientos efectuados en el recurso, en su apreciación a la luz de los elementos que surgen de la totalidad de la prueba ponderada lucen como impugnación tardía y extemporánea carente de convicción (art. 90 L.O. y 386 CPCCN).

Por lo demás, del informe pericial contable...

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