Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA CIVIL I, 14 de Diciembre de 2017, expediente FCB 055008002/2012/CA002
Fecha de Resolución | 14 de Diciembre de 2017 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA CIVIL I |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A AUTOS : “HERRERA, HUGO ALBERTO C/ NUCLEOELECTRICA ARGENTINA S.A. – INDEMNIZ. Art. 212”
En la Ciudad de Córdoba a catorce días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete, reunida en Acuerdo la Sala “A” de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados:
HERRERA, HUGO ALBERTO C/ NUCLEOELECTRICA ARGENTINA S.A.
– INDEMNIZ. Art. 212
(E.. FCB 55008002/2012/CA2), venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el representante legal de Nucleoeléctrica Argentina S.A. en contra de la Resolución de fecha 24 de mayo de 2017 dictada por el señor Juez Federal de Río Cuarto que dispuso hacer lugar a la impugnación de planilla formulada por la demandada en relación a los aportes previsionales y aprobar en cuanto por derecho corresponda la planilla presentada con fecha 13/3/2017, con costas en un 10% a cargo de la actora y en un 90% a cargo de la demandada.
Asimismo, reguló los honorarios de las doctoras M.L.F. y M.E.F. en la suma de pesos Cuatro mil ciento sesenta y cinco ($ 4.165) en conjunto y proporción de ley y los del doctor D.C. en la suma de pesos Un mil trescientos veinticinco ($ 1.325).-
Puestos los autos a resolución de la Sala los señores Jueces emiten sus votos en el siguiente orden: IGNACIO M. VELEZ FUNES – EDUARDO AVALOS – GRACIELA S. MONTES
I.-
El señor Juez de Cámara, doctor I.M.V.F., dijo:
I.- Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el representante legal de Nucleoeléctrica Argentina S.A. en contra de la Resolución de fecha 24 de mayo de 2017 dictada por el señor Juez Federal de Río Cuarto que dispuso hacer lugar a la impugnación de planilla formulada por la demandada en relación a los aportes previsionales y Fecha de firma: 14/12/2017 Alta en sistema: 18/12/2017 Firmado por: G.S.M., Firmado por: I.M.V.F., Firmado por: M.V., Firmado por: EDUARDO AVALOS #4218991#195245718#20171214140722921 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A AUTOS : “HERRERA, HUGO ALBERTO C/ NUCLEOELECTRICA ARGENTINA S.A. – INDEMNIZ. Art. 212”
aprobar en cuanto por derecho corresponda la planilla presentada con fecha 13/3/2017, con costas en un 10% a cargo de la actora y en un 90% a cargo de la demandada. Asimismo, reguló los honorarios de las doctoras M.L.F. y M.E.F. en la suma de pesos Cuatro mil ciento sesenta y cinco ($ 4.165) en conjunto y proporción de ley y los del doctor D.C. en la suma de pesos Un mil trescientos veinticinco ($
1.325) (fs. 914/916 y fs. 932/935).
II.- Surge de lo actuado que con fecha 21/3/2016 el señor Juez de Primera Instancia dictó resolución haciendo lugar a la demanda deducida por el actor en contra de Nucleoeléctrica Argentina S.A., con costas a la demandada. Asimismo, reguló honorarios profesionales a ambas partes. La misma fue apelada por la accionada (fs. 803/817).
Mediante sentencia de fecha 22/9/2016 este Tribunal- con su actual integración- modificó la sentencia dictada por el Juzgado respecto a los rubros mandados a abonar, ordenó la realización de una nueva planilla de liquidación, confirmó el proveído de fecha 12 de febrero de 2014 en todas sus partes y la Resolución de fecha 21 de marzo de 2016 en todo lo demás que decide y ha sido materia de agravios. Asimismo, dejó sin efecto las regulaciones de honorarios practicadas e impuso las costas por el orden causado (art. 71 del CPCCN). Notificada la misma, la demandada interpuso recurso extraordinario, el que fue contestado por las apoderadas de la actora, y denegado mediante resolución de fecha 4 de noviembre de 2016 en esta Alzada, con costas (fs. 873/888vta. y fs. 890/900).
El Juez de grado con fecha 22/12/2016 determinó el monto indemnizatorio del actor en la suma de pesos Trescientos setenta y ocho mil seiscientos cincuenta y tres con cuatro...
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