Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 9 de Octubre de 2018, expediente CFP 010970/2013/1/CA001

Fecha de Resolución 9 de Octubre de 2018
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 10970/2013/1/CA1 CCCF – Sala I CFP 10970/2013/1/CA1 “Herrera, D.O. y otros s/procesamiento y embargo”

Juzgado N° 11 - Secretaría N° 21 Buenos Aires, 9 de octubre de 2018.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- Llegan las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa de F.A., por un lado y, por el otro, de O.H. y M.Á.A., contra los puntos II, I y III, respectivamente, de la resolución obrante a fs. 1/6vta. en cuanto dispuso decretar el procesamiento de cada uno de ellos por encontrarlos responsables del delito previsto en el artículo 173, inciso 7°, del Código Penal. Y, en los casos de H. y A., en subsidio, el Señor Defensor Oficial se agravió del monto del embargo por considerarlos altos.

II- La causa se inició por denuncia de G.N.D., apoderada del Partido Unión Popular, a partir del libramiento de un cheque diferido de la cuenta de esa institución por un importe de cinco mil pesos ($5.000).

En la denuncia se hizo saber que el cheque fue librado por D.O.H. -en su carácter de presidente del Partido- y F.R.A. -tesorera-. el día 3 de abril de 2011, con fecha de pago del 28 de diciembre de ese mismo año, a nombre de la ex afiliada O.M.S., fallecida el día 20 de diciembre de 2008, con conocimiento de esa circunstancia, por lo que habría resultado damnificado el Partido Unión Popular Orden Nacional.

Fecha de firma: 09/10/2018 Alta en sistema: 10/10/2018 Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: P.D.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: A.M.C.J., SECRETARIA DE CAMARA #32222518#218569892#20181009134033345 Por otra parte, se imputó a M.Á.A. –

hijo de O.S.- el haber participado de la maniobra. Este imputado fue quien retiró el cheque librado a nombre de su madre, y lo habría utilizado mediante la falsificación de la firma de ella para saldar parte de las compras efectuadas los días 29 de noviembre de 2011 y 16 de enero de 2012 ante la empresa Maransi S.A., de siete aires acondicionados marca “H.” que hacían un total de dieciocho mil ochocientos cincuenta pesos con cinco centavos ($18.850,05).

III- Independientemente de la existencia del crédito a favor de O.M.S. la discusión radica en determinar si H. y A. obligaron abusivamente al Partido Unión Popular al firmar y entregar un cheque a quien no era titular del crédito obligado; y, en relación a A., por haber participado en...

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