Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala J, 29 de Abril de 2019, expediente CIV 059960/2017/CA001

Fecha de Resolución29 de Abril de 2019
EmisorCamara Civil - Sala J

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J Expediente n° 59960/2017 – “H.J.E. s/Sucesión Ab-

Intestato” – Juzgado Nacional en lo Civil n° 40 Buenos Aires, Abril 29 de 2019 Y VISTOS; Y CONSIDERANDO:

Las presentes actuaciones se remiten a este Tribunal a los efectos de conocer acerca del recurso de apelación interpuesto a fs. 177 por la única heredera M. de las M.H. – ver declaratoria de fs. 47- contra la resolución de fs. 176/176 vta., concedido a fs. 178. Presenta memorial a fs. 179/183, que no fue sustanciado en ausencia de contradictor.

El decisorio apelado desestima la medida de no innovar solicitada por la heredera a fs. 169/175.-

En el escrito de referencia, la ahora apelante peticionó una medida de no innovar a los fines de evitar el desalojo del inmueble sito en la calle G. 5355 de esta Ciudad que fuera dispuesto, según expresa, en el expediente n°28442/2017 caratulado: “Z. de Miró, A.L. y otro c/Leguizamón, B.I. y otros s/Desalojo – Intrusión”, que tramita por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n° 58. Explica que en dichas actuaciones, con la sola presentación del informe de dominio por los actores, se resolvió conceder el desalojo peticionado, intimando a la aquí heredera a su desahucio dentro de los diez días.

Agrega que la sentencia fue apelada y que se encuentra en trámite en la S. M de esta Cámara Civil (ver fs. 169 vta. último párrafo y fs. 170. 1ro y 2do, párrafos).

Expresa que, tal como refirió en el escrito de promoción del presente proceso obrante a fs. 11/12, al referirse al acervo hereditario denunció que por ante el Juzgado Nacional en lo Civil n° 58, tramita el expediente n° 11427/2009 caratulado: “H.J.E. c/Titulares de Dominio de G. n° 5355 s/Prescripción Adquisitiva”

juntamente con el expediente conexo sobre beneficio de litigar sin gastos.

Fecha de firma: 29/04/2019 Alta en sistema: 02/05/2019 Firmado por: VERON B.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARTA DEL ROSARIO MATTERA Firmado por: B.P., JUEZ DE CAMARA #30364786#232323224#20190426121423100 Respecto de la resolución de fs. 176, que rechaza la medida cautelar solicitada a fs. 169/175 y sin perjuicio de que los expedientes mencionados no fueron remitidos a este Tribunal por lo que son consultados en la página web www.pjn.gov.ar de consulta de causas civiles y más allá de lo que en definitiva resulte de los mismos, adelantamos que la resolución interlocutoria de fs. 176/176 vta. habrá de ser confirmada.

Sabido es que, cualquiera sea la...

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