Heredia

Secretaría del Primer Juzgado de Procesos Concursales Primera Circunscripción Judicial, hace saber a posibles interesados y acreedores que a fojas 97/99 autos N° 13-03815027-2 caratulados: "HEREDIA FRANCISCO ARGENTINO p/CONCURSO PEQUEÑO (HOY QUIEBRA FS 97/99)" se ha resuelto lo que en fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 03 de Mayo de 2016. Autos y vistos... considerando... resuelvo: 1º) Declarar la quiebra de Heredia Francisco Argentino, D.N.I. N° 13.389.760; C.U.I.L. N° 20-13389760-8, con domicilio real sito en B° Amigorena, Manzana A, casa 28, El Plumerillo, Las Heras, Mendoza, la que tramitará conforme a las normas para las pequeñas quiebras (art. 288 y 289 LCQ). Recaratúlese el expediente por Mesa de Entradas. 2°) Ratificar como síndico al C.P.N., Petra Ricardo Daniel, quien tiene el cargo aceptado a fs. 46 de autos. Comuníquese al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Y emplazar a que realice los actos de incautación en la forma y los plazos establecidos por la ley (art. 177 LCQ). Notifíquese por cédula en papel simple. 3º) Fijar el día cinco de agosto de 2016 como fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar la solicitud de verificación de sus créditos ante el síndico (art. 200 Ley 24522); pudiendo, el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación, concurrir al domicilio de sindicatura hasta el día dieciocho de agosto de 2016, a efectos de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas, bajo el régimen previsto por el art. 35 Ley 24522 (art. 200 párrafo Ley 24522). Intímase a sindicatura a presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo del párrafo anterior copia de las impugnaciones recibidas para ser incorporadas al legajo del art. 279 Ley 24522. 4°) Fijar el día veintiuno de septiembre de 2016, como fecha hasta la cual deberá presentar el síndico los informes individuales, dictándose sentencia de verificación el once de octubre de 2016. 5°) Establecer el día nueve de noviembre de 2016 como fecha en la que Sindicatura deberá presentar el informe general previsto por el art. 39 LCQ. pudiendo la sociedad deudora y quienes hayan solicitado verificación presentar observaciones hasta el día veintidós de noviembre de 2016 (art. 40 LCQ). Fijar el día veintidós de diciembre de 2016 como fecha hasta que los interesados pueden observar la fecha inicial del estado de cesación de pagos propuesta por el síndico; (art. 117)...

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