Por Hector Mari

EmisorJuzgado de Primera Instancia
Fecha de la disposición 6 de Marzo de 2009

POR

HECTOR MARI

Por disposición Sr. Juez de 1° Instancia Civil y Comercial de Distrito de la 9° Nominación de Rosario, la actuaria infrascripta hace saber, en autos: LEE TAEK SUM s/QUIEBRA”. Expte. Nº1760/01, se ha dispuesto que el martillero Héctor A. Mari, (CUIT Nº 20-08433522-4), la venta del inmueble ubicado en calle Montevideo Nº 2664 de Rosario, que a continuación se describe: “Un lote de terreno con todo lo edificado, clavado y plantado, situado en esta ciudad, en la calle Montevideo entre las de Callao y Rodríguez, señalada la finca con el Nº 2664, está ubicado el terreno a los 34,48m de la calle Callao hacia el Este y se compone de 10,344m. de frente al Sud por 43,10m. de fondo, lo que encierra una superficie total de 445,82m2. y linda: por su frente al Sud, con la calle Montevideo, por el Oeste con José Fraga y otros y por el Este y Norte con Santiago Della Magdalena. Inscripto: al T° 1002 F° Nº 329 Nº375516, Departamento Rosario. Saldrá a la venta de acuerdo con el siguiente procedimiento: Mediante licitación, el día 30 de Marzo de 2009 o el día hábil siguiente si el fijado resultare inhábil, a las 15 horas, en el Juzgado sito en calle Balcarce Nº 1650 de la ciudad de Rosario, con la base de U$S 225.000. A tal fin los interesados deberán presentar ofertas en sobres cerrado, en el expediente hasta el día 27 de Marzo del 2009. Los oferentes deberán depositar a nombre este juicio y a la orden del Juzgado en cuenta Judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Suc Tribunales el importe de U$S 22.500 (o sea el 10% de la base), adjuntando el comprobante correspondiente conjuntamente con el sobre con la oferta (no pudiendo estar dentro del sobre). La falta de acompañamiento del comprobante de depósito tendrá como consecuencia la no consideración de la oferta. Los sobres con las ofertas se abrirán en la audiencia, de la que podrán participar solo los oferentes, el día 30 de Marzo de 2009 a las 15 hs., en el Juzgado. En tal oportunidad todos los oferentes tendrán posibilidad de mejorar la mejor oferta. A tal fin se determinará un orden por sorteo, con exclusión del que haya realizado la mejor oferta, que ocupará el último lugar en el orden. Si hubiera más de una oferta igual que resultarán ser las mayores, se sorteará entre los oferentes de la misma para establecer su orden en los últimos lugares de la lista. Cada oferente que no manifieste interés en mejorar la oferta más alta perderá definitivamente el derecho de mejorar las...

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