HALBICH ARTURO ENRIQUE c/ A.N.SE.S. s/REAJUSTE DE HABERES

Fecha27 Junio 2019
Número de expedienteFPO 023000331/2012
Número de registro234328991

Poder Judicial de la Nación 23000331/2012/CA1 sadas, 27 de junio 2019.-

Y VISTOS:

1) Que vienen estos autos a este Tribunal para resolver el recurso extraordinario interpuesto a fs. 123/135 por la representación letrada de ANSES, contra la sentencia obrante a fs.

118/121.

2) Que, como es sabido, la exigencia del art. 257 del CPCC, concerniente a la admisión del recurso extraordinario propuesto según los requisitos del art. 14 de la Ley 48, contempla que el Superior Tribunal de la causa debe resolver si la apelación extraordinaria -como presupuesto inequívoco de carácter excepcional-

cuenta con todos los requisitos obligados a fin de sostener su procedencia y, en caso de no ser idóneo o presentar fórmulas inadecuadas incapaces de otorgar razones suficientes al planteo, debe ser desestimado.

3) Que, en atención a ello, el escrito de fs. 123/135 resulta inidóneo y sin sustento las imputaciones que allí se hacen al Tribunal; en efecto, en reiteradas ocasiones se sostuvo conforme doctrina del Máximo Tribunal, que con fundamentos basados en la arbitrariedad de sentencia no se propone convertir a la Corte Suprema en tercer tribunal de las...

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