Qué hacer si el inquilino no te devuelve el departamento como lo entregaste y cómo evitarlo

La devolución del inmueble puede traer conflictos entre propietarios e inquilinos

El cuidado de un inmueble es una de las principales preocupaciones de cualquier propietario al embarcarse en el mercado de los alquileres. ¿Quién paga los arreglos? ¿El dinero del depósito es suficiente para cubrir los potenciales daños? ¿Qué se puede hacer si el inquilino no devuelve la unidad en las mismas condiciones que la recibió? Esos son algunos de los principales interrogantes que llegan al centro de consultas del Instituto de Vivienda de la Ciudad (IVC), según indican desde la institución a LA NACION. Aunque no son tan simples de responder, tienen una solución.

"Es mejor prevenir que curar", según reza el refrán preferido de las personas precavidas. Al poner una propiedad en alquiler, esa máxima se vuelve imprescindible: el primer paso es dejar la mayor cantidad de reglas asentadas en el contrato. Para Enrique Abatti, abogado especializado en derecho inmobiliario y presidente de la Cámara de Propietarios de la República Argentina, ese es el secreto para evitar problemas en el futuro.

Punto por punto, qué incluir en el contrato

El especialista comenta que el artículo 1200 de la Ley de Alquileres es clave. Allí indica que el dueño "está obligado a entregar el inmueble conforme a lo dispuesto en el contrato". En tanto, cuando el escrito no especifica nada, el locador debe entregarlo "en un estado apropiado para su destino", es decir, listo para ser habitado. Por su parte, la norma dice que el inquilino tiene que conservar la propiedad en el mismo estado en el que la recibió.

Aunque las obligaciones de las partes se establecen en el Código Civil, en los contratos se pueden sumar otras que se acuerden entre ambas. Para asegurarse de que el inquilino entregará la propiedad en buen estado, Abatti aconseja incluir algunas cláusulas.

  1. El inventario

    Un punto muy importante en los contratos de locación es el inventario del inmueble, que puede realizarse en otro instrumento y adjuntarse como un anexo. La clave es que contemple el estado de conservación de todas las partes del inmueble: desde la pintura en las paredes y aberturas, pasando por los pisos y los revestimientos hasta la grifería y los muebles de cocina. En diálogo con LA NACION, Abatti remarca que ningún espacio de la propiedad puede modificarse sin el aval del dueño y que, si se hace, deben establecerse previamente las condiciones.

    En este sentido, aconseja también "sacar fotografías, firmarlas y...

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