Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 14 de Agosto de 2019, expediente L. 120946
Presidente del tribunal | de Lázzari-Genoud-Soria-Negri |
Número de expediente | L. 120946 |
Normativa aplicada | CPCB Art. 278,LEYB 11.653 Art. 55 |
Fecha | 14 Agosto 2019 |
A C U E R D O
En la ciudad de La Plata, a 14 de agosto de 2019, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresde L., G., S., N.,se reúnen los señores Jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 120.946, "H., L.E. contra S., H.. Despido".
A N T E C E D E N T E S
El Tribunal de Trabajo n° 1 del Departamento Judicial de General S.M., con asiento en dicha ciudad, hizo lugar parcialmente a la demanda promovida, imponiendo las costas del modo que especificó (v. fs. 548/555 vta.).
Se dedujo, por la parte actora, recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (v. fs. 563/566).
Dictada la providencia de autos y encontrándose la causa en estado de pronunciar sentencia, ante la insuficiencia del valor de lo cuestionado en esta instancia, la Suprema Corte resolvió plantear y votar la siguiente
C U E S T I Ó N
¿Qué pronunciamiento corresponde dictar?
V O T A C I Ó N
A la cuestión planteada, el señor Juez doctor de L. dijo:
El tribunal de trabajo interviniente desestimó la demanda promovida por el señor L.E.H. contra el señor H.S. mediante la cual había reclamado el pago de indemnizaciones por antigüedad, sustitutiva de preaviso, integración del mes de despido y sanciones previstas en los arts. 2 de la ley 25.323 y 15 de la ley 24.013. Rechazó, asimismo, la pretensión de cobro de diferencias salariales y horas extraordinarias, de los rubros reclamados con sustento en el art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo y el resarcimiento por daño moral.
En cambio, admitió el reclamo respecto del pago del sueldo anual complementario y vacaciones proporcionales correspondientes al año 2015 (v. fs. 548/555 vta.).
Contra dicho pronunciamiento, se alza la parte actora mediante recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (v. fs. 563/566) en el que plantea los siguientes agravios:
II.1. Respecto del rechazo de las diferencias salariales reclamadas, señala que la demandada reconoció en su responde el pago de la suma de $2.500 en concepto de "pago de vivienda del actor", sin embargo -indica- el tribunal de grado no consideró estas afirmaciones. En consecuencia, cuestiona la valoración de la prueba, endilgándole al juzgador, además, que hubiera soslayado aplicar el principio de adquisición procesal.
II.2. Cuestiona luego la denegación de la sanción prevista en el art. 80 de la Ley de Contrato de...
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