Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 17 de Agosto de 2016, expediente CFP 014305/2015/3/CA002

Fecha de Resolución17 de Agosto de 2016
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 14305/2015/3/CA2 CFP 14305/2015/3/CA2 “T., H. s/ recusación-

ofrecimiento de prueba”.

J.. Fed. n° 11 – S.. n° 21.

Buenos Aires, 17 de agosto de 2016.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Corresponde expedirse respecto de la admisibilidad de la prueba ofrecida por los Dres. A.R. y G.P., defensores de H.T., en oportunidad de plantear la recusación del instructor del caso.

Al respecto, se considera que las circunstancias que los incidentistas invocan como relevantes a los fines de su planteo están suficientemente explicadas en su presentación; a la par que –según ahí mismo se argumenta- estarían en gran parte plasmadas en decisiones judiciales, las que pueden consultarse a través de los registros correspondientes.

Por todo ello, la producción de la prueba solicitada es innecesaria –situación aplicable a la totalidad de lo requerido, por su naturaleza y alcances- y no se le hará a lugar, lo que ASÍ SE

RESUELVE:

.

R. y hágase saber a la...

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