Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 27 de Marzo de 2019, expediente CFP 010409/1998/PL01/6/CA007

Fecha de Resolución27 de Marzo de 2019
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 10409/1998/PL1/6/CA7 CCCF –SALA I CFP 10409/1998/PL1/6/CA7 “H C s/ rechazo de prescripción de la acción penal”

Juzgado N° 10 – Secretaría N° 20 Buenos Aires, 27 de marzo de 2019.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa de C H a fs. 39, contra el decisorio obrante a fs. 35/8, en cuanto dispuso rechazar el planteo de prescripción de la acción penal efectuado por esa parte.

  2. En lo sustancial, el defensor oficial adujo que la conducta del imputado no reflejaría el elemento subjetivo de los delitos de lesa humanidad y que, en consecuencia, mal podría aplicarse al caso la imprescriptibilidad que les es inherente.

    A fs. 55/8 la defensa profundizó sus agravios, destacando determinadas circunstancias –como son el aislamiento e incomunicación en que habrían vivido al momento de los hechos C H y J M R- que tornaban imposible que aquéllos conocieran la existencia de un ataque sistemático y generalizado contra la población civil.

  3. Frente al escenario planteado debemos decir, en primer lugar, que no se halla controvertido que dentro del plan represivo del último gobierno de facto existió una práctica sistemática de apropiación de menores. Ello fue sostenido por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 6 en los autos “F, R.O. y otros s/sustracción de menores de diez años”, donde se analizaron las Fecha de firma: 27/03/2019 Alta en sistema: 28/03/2019 Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: P.D.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: D.A.P., PROSECRETARIO DE CAMARA #32313997#230443942#20190327113323720 particularidades que permitían vislumbrar un patrón común en hechos que afectaron a una pluralidad de víctimas (ver también los votos de los Dres. B. y B. en los autos N° 1824 “M” –rta. el 22/4/2013- y N° 2000 “G”, ambos del registro del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 4).

    Así, la recurrencia de padres detenidos durante procedimientos ilegales de fuerzas policiales, armadas o de inteligencia, su posterior desaparición forzada y la clandestina sustracción, retención y ocultamiento de sus hijos menores de edad –

    mediante la alteración o supresión de su identidad- constituyen algunas de las aristas que definen a esta unidad comisiva.

    En esa línea se inscribe el fallo “A.” de la Sala III de la CFCP, que...

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