Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 30 de Mayo de 2017, expediente CAF 024983/2017/CA001

Fecha de Resolución30 de Mayo de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA III 24983/2017 GUZMAN, I.J. c/ UTN s/EDUCACION SUPERIOR -

LEY 24521 - ART 32 Buenos Aires, 30 de mayo de 2017.- MST Y VISTOS:

La medida cautelar solicitada por la parte actora en el capítulo V de su escrito de inicio. Y; CONSIDERANDO:

  1. Que, por presentación de fs. 2/13, el señor I.J.G. –a través de sus letrados apoderados- se presenta e interpone recurso de apelación directa –en los términos del art. 32 de la ley n° 24.521- contra la Resolución UTN N° 1533/2016.

    Solicita se suspendan los efectos del mencionado acto administrativo y que se ordene su restitución en el cargo de docente adjunto interino de la cátedra Organización Industrial del Departamento de Ingeniería Electrónica hasta tanto se emita el pronunciamiento de este Tribunal respecto de la cuestión de fondo.

    Al efecto, sustancialmente postula: que el acto que se impugna confirma la designación de un docente dentro de una cátedra universitaria conforme a un orden de mérito establecido arbitraria e infundadamente por el tribunal evaluador del concurso, avalado por el Consejo Directivo de la Facultad regional y posteriormente por el Consejo Superior de la UTN; que, ni el dictamen del tribunal evaluador ni los sucesivos actos administrativos que se impugnaron, motivan aquel decisorio, limitándose a transcribir la sucesión de los hechos con clara apreciación subjetiva; que, lo que aquí se encuentra en juego, es el interés particular de la defensa de los derechos vulnerados; que la medida requerida no tiene efectos jurídicos o materiales irreversibles y; que el peligro en la demora es inminente, Fecha de firma: 30/05/2017 Alta en sistema: 08/06/2017 Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA #29750099#179915418#20170530133848316 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA III 24983/2017 GUZMAN, I.J. c/ UTN s/EDUCACION SUPERIOR -

    LEY 24521 - ART 32 ya que operada la caducidad de la instancia administrativa, el acto administrativo viciado se encuentra produciendo de pleno todos sus efectos.

  2. Que, preliminarmente, corresponde poner de resalto que, de la compulsa de la documental acompañada por el propio actor, se verifica: que, por Resolución Nº 284/2015, el Consejo Directivo de la Facultad Regional La Rioja de la Universidad Tecnológica Nacional no hizo lugar a la impugnación y solicitud de aclaratoria y ampliación de dictamen presentada por el...

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