Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A, 27 de Julio de 2016, expediente FRO 023010096/2010/CA001

Fecha de Resolución27 de Julio de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A Rosario, 27 de julio de 2016.

Visto, en Acuerdo de la Sala “A”, el expediente n° FRO 23010096/2010 caratulado: “GUTIERREZ, JUAN CARLOS C/ ANSES S/ REAJUSTES VARIOS”, originario del Juzgado Federal N° 2, Secretaría “F” de esta ciudad, del que resulta, La Dra. E.P. dijo:

1- Vienen los autos a conocimiento de este Tribunal en virtud de los recursos de apelación interpuestos por la parte actora (fs. 109/110vta.) y por la demandada (fs.

112) contra la sentencia de fecha 17 de octubre de 2014, que hizo lugar a la demanda interpuesta por el señor J.C.G. y revocó el acto administrativo impugnado, otorgando al actor el beneficio de retiro definitivo por invalidez calificándolo como aportante regular con derecho, debiendo abonar la prestación con más las diferencias retroactivas, conforme las pautas fijadas en los considerandos respectivos, con costas por su orden (fs.

101/106vta.).

Concedidos los recursos en modo libre (fs.

111 y 113), se elevaron los autos a este Tribunal, disponiéndose la intervención de esta sala (fs. 116). A fs.

117/119vta. el representante del actor expresó agravios, los que no fueron contestados. A fs. 123/124 se requirió a la accionada acompañar la copia papel, del escrito digital cargado en fecha 05/05/15, bajo apercibimiento de tenerlo por no presentado. Vencido el término para hacerlo, los autos quedaron en estado de resolver (fs. 128)

Fecha de firma: 27/07/2016 Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.P., JUEZA DE CAMARA (Subrogante)

Firmado(ante mi) por: MILAGROS CABAL, SECRETARIA #2958093#158128878#20160727142705470 2- Agravia al actor que la sentencia exprese que la demandada compareció, contestó demanda ratificando lo actuado en sede administrativa y ofreció

prueba. Sostiene que ello no se ajusta a la realidad en tanto el escrito de la accionada refirió a otro actor, en otro juicio y para otro beneficio jubilatorio. Por tanto, explica que oportunamente solicitó el desglose de la contestación de la demanda, lo que fue rechazado por el a quo. Entiende que lo expresado en ese escrito es irrelevante e ineficaz en los presentes, por lo que debe tenerse por no opuesta la excepción de prescripción liberatoria en esta controversia.

En segundo lugar manifiesta que el fallo incurre en contradicción en tanto en el considerando sexto establece que procede modificar la fecha inicial de pago del retiro...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR