Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL, 26 de Mayo de 2022, expediente FCB 073324/2018/CA001

Fecha de Resolución26 de Mayo de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A

Expte. N° FCB 73324/2018/CA1

AUTOS: “GUTIERREZ, H.H.R. c/ ANSES s/JUBILACION POR INVALIDEZ”

doba, 26 de mayo de 2022.-

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “GUTIERREZ, H.H.

REHACE C/ A.N.S.E.S S/ JUBILACION POR INVALIDEZ” (Expte. N° FCB

73324/2018/CA1), venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso extraordinario de apelación interpuesto por la parte demandada en contra de la sentencia de fecha 12 de noviembre de 2021 dictada por este Tribunal.

Y CONSIDERANDO:

  1. La recurrente al fundar su recurso manifiesta que en el caso existe cuestión federal en los términos del art. 14 de la Ley 48, invocando además arbitrariedad de la sentencia y gravedad institucional. A su vez establece como motivo de agravio el régimen de imposición de costas que tuvo éste Tribunal en la sentencia recurrida.

    Corrido el traslado de ley, el mismo es contestado por la actora,

    con fecha 3 de diciembre de 2021, conforme surge del Sistema de Gestión Integral de Expedientes Judiciales LEX100 quedando la causa en estado de ser resuelta.

  2. En punto a la cuestión federal alegada por la accionada,

    corresponde señalar que sus agravios importan una reiteración de los expresados contra la resolución emitida por el Juez de grado, los cuales han sido suficientemente analizados por este Tribunal en su pronunciamiento. En este punto, cabe recordar y destacar que la mera reedición de los planteos introducidos en las instancias anteriores, no suple la crítica concreta y razonada que requiere el recurso federal (Fallos: 315:59; 317:373 y 442; 318:2266; 322:285,

    entre muchos otros), circunstancia que obsta a la concesión del recurso extraordinario articulado.

  3. Que analizando la referida sentencia se advierte que para establecer en la presente causa el régimen general de costas previsto en el C.P.C.N, se basó en el pronunciamiento del Alto Tribunal de fecha 15 de octubre de 2015, en la causa “Granello,

    E.Á. c/ Anses s/ reajuste de haberes” que con invocación del articulo 280 del Fecha de firma: 26/05/2022

    Firmado por: E.D.A., PRESIDENTE

    Firmado por: I.M.V.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.M., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: S.B.F., Secretaria de Cámara #32483747#316533543#20220526113306168

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A

    Expte. N° FCB 73324/2018/CA1

    AUTOS: “GUTIERREZ, H.H.R. c/ ANSES s/JUBILACION POR INVALIDEZ”

    C.P.C.N, dejó firme un fallo de la Cámara Federal de la Plata, que por mayoría...

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