Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 18 de Marzo de 2015, expediente 4911/2013

Fecha de Resolución18 de Marzo de 2015
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 3

Poder Judicial de la Nación Expte. N°:4911/2013 SENTENCIA INTERLOCUTORIA N: 130367 EXPTE. N: 4911/2013 SALA III AUTOS:"G.G.A.C.A. S.A. S/LEY 24557"

Buenos Aires, 18 de marzo de 2015 EL DR. NÉSTOR A. FASCIOLO DIJO:

De las constancias de autos que tengo ante mí surge que las actuaciones se iniciaron por denuncia del A.T. ocurrido el 11.10.2011, hecha por quien demanda por el carácter definitivo de la ILP. (Fs. 1/2). Allí refiere padecer (luxación, esguince y torcedura de articulaciones y ligamentos de la rodilla) (SIC).

La Comisión Médica 023 Salta a fs. 42/45 declaró que el damnificado presenta 6,50% de incapacidad P.P.D. de la T.O. por la contingencia de autos.

La apelación de la parte actora de fs. 47, motivó la intervención de la Comisión Médica Central, que a fs. 53/57 ratificó lo actuado por la de origen.

Contra esa decisión se dirige el recurso de apelación de quien acciona de fs. 59, que insiste en su pretensión resarcitoria.

Que previo a su elevación a esta Alzada la CM. interviniente, en cumplimiento de lo dispuesto por esta Excma. Cámara mediante Res. en Acuerdo General del 23.02.2000, intimó a la recurrente a subsanar la omisión de: falta de patrocinio letrado, domicilio constituido en la Capital Federal, expresión de agravios y faltante de copias (ver fs. 60) notificado por telegrama, según constancia de aviso de recibo el 28.12.2012. (ver fs. 61).

La presentación de fs. 59 en respuesta al requerimiento, con firma al pie ilegible supuestamente de quien demanda, no suple los recaudos apuntados.

En estas condiciones no habiendo el interesado dado cumplimiento con el requerimiento, corresponde tener por...

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